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Mensaje  Hermes Sáb 27 Jul 2013 - 19:06

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Qué pueden y qué no pueden hacer los bancos al exigir que pagues tus deudas

¿Te sientes perseguido con insistentes llamadas telefónicas de madrugada, con cartas, y visitas, que te exigen el pago de algún crédito atrasado?

Si respondiste que sí, entonces esto te interesa: debido a que el cobro de deudas se ha desempeñado con malas tácticas como insultos y amenazas por parte de algunas empresas de cobranza, se creó un Código de Ética al que deberán apegarse los bancos que integran la Asociación de Bancos de México (ABM), y cualquier otra empresa que realice esta actividad.

Creado para dejar atrás actitudes amenazadoras, se pretende que este código fomente la cultura del pago y genere mejores condiciones en el desarrollo de la actividad financiera. El código establece lo que los bancos y empresas de cobranza pueden o no realizar, por ejemplo:

¡Ah! Pero eso sí; los bancos que contraten el servicio de empresas de cobranza deberán asegurarse que éstas se apeguen a los principios establecidos en el código de ética además de estar afiliadas a la Asociación de Profesionales de Cobranza y Servicios Jurídicos, A.C. (APCOB), por lo que cualquier otra empresa que no esté afiliada tiene la obligación de aceptar y apegarse al código mencionado.





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Si has sido víctima de llamadas inoportunas en donde te ofrecen promociones, y publicidad de innumerables productos o servicios financieros, ésta es una herramienta para ti. El REUS es un registro que evita que seas molestado con acoso publicitario. Dura dos años y es totalmente gratuito. Para mayor información e inscripciones visita la página
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lo que se vale lo que no se vale
Bien Mal
Pueden llamarte a partir de las 6:00 am hasta las 11:00 pm. No pueden usar lenguaje vulgar ni insultarte.
Pueden dejarte mensaje, cuando alguien más atienda la llamada, con la finalidad de que te comuniques o acudas directamente a aclarar tu deuda. No pueden realizar el cobro a menores de edad ni a personas con alguna discapacidad.
Pueden proporcionarte los datos necesarios para que conozcas el porque de tu atraso como saldos, importes, números y fechas de pagos realizados. No pueden amenazarte de embargo o pérdida de libertad.
Pueden señalarte que de mantener tu saldo vencido, el asunto se turnará al área jurídica. No te deben causar hostigamiento, ni a tus referencias
Si el banco cuenta con algún esquema de negociación para la solución de tu adeudo, te la podrá ofrecer (exige una copia de todo documento). No pueden dejarte notificaciones o avisos que contengan los datos del crédito.
La institución financiera tiene la obligación de identificarse (exige el nombre del ejecutivo de cobranza). Los cobradores no deben hacerse pasar por abogados a cargo de la recuperación del adeudo (a menos que ésta sea su función).
Deberán suspender las llamadas telefónicas en caso de que hayas pagado tu deuda.
Si recibes algún escrito, deberá ser en sobre cerrado, con tu nombre y dirección, así como el nombre del banco o empresa de cobranza.


¿Y si no cumplen?

Si crees que un cobrador ha violado la ley repórtalo, acércate a Condusef ya que en colaboración con la ABM establece un procedimiento de telefono atención a quejas en contra de los bancos que realicen malas prácticas de cobranza. Tu queja puede ayudar a las autoridades a evitar que le pase lo mismo a otra persona, además de multar a la institución.

Que te cobren ya no será aterrador, ¡ya sabes tus derechos!, esto no te libra de deudas pero sí te da una voz. Cuanto más sepas de cómo manejar tus deudas y lidiar con los cobradores será mejor para ti.

La denuncia puedes presentarla de forma personal en las oficinas centrales o en cualquier Delegación de la Condusef o bien de manera electrónica a la dirección [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

_________________
Hay gente que  miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras

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Hermes
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