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amenaza de un despacho
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amenaza de un despacho
Buenas tardes; soy una mujer de 53 años y me llego una notificacion que aventaron x debajo de la puerta de mi casa, la cual decia de un credito que habia adquirido con banco facil de la tienda chedraui, para obtener una orden de cobro.
Que ivan a entrar a mi casa forzando las chapas y puertas para llevarse todo lo que tenia, que solo tengo hasta el dia de mañana para hacer el pago de 5,171.00 y que si no liquidaba me iban a cobrar 7,000.00 x gastos de ir a vaciar mi casa.
Me hicieron que depositara hoy 800.00 para detener dicha notificacion. Pero que debo pagarles, ellos no me dan una carta compromiso de que con esto quedaria saldado mi credito con dicha tienda, 2 no tengo ni me llegan ningun estado de cuenta de parte de la tienda, 3.- llame para notificar que habia realizado el pago de 800.00 y la chica que me atendio me grito xq no le di rapidamente el numero de referencia. Le dije que no tenia ningun derecho de tratarme de esa forma, y me dijo que pagara, y que mañana me comunicara nuevamente con una licenciada para llegar a un acuerdo de depositar la cantidad de 3,901 antes de que terminara este mes, que si no de lo contrario pagaria 9,402.00
Necesito saber si puedo dirigirme directamente a chedraui y pagar directamente en dicha tienda, ya que desconfio de estas personas que no dan la cara solo amanazan con estos escritos y tampoco me envian ningun comprobante que diga que con la cantidad que ellos me estan pidiendo queda saldada mi deuda.
Por favor pido su ayuda.
Que ivan a entrar a mi casa forzando las chapas y puertas para llevarse todo lo que tenia, que solo tengo hasta el dia de mañana para hacer el pago de 5,171.00 y que si no liquidaba me iban a cobrar 7,000.00 x gastos de ir a vaciar mi casa.
Me hicieron que depositara hoy 800.00 para detener dicha notificacion. Pero que debo pagarles, ellos no me dan una carta compromiso de que con esto quedaria saldado mi credito con dicha tienda, 2 no tengo ni me llegan ningun estado de cuenta de parte de la tienda, 3.- llame para notificar que habia realizado el pago de 800.00 y la chica que me atendio me grito xq no le di rapidamente el numero de referencia. Le dije que no tenia ningun derecho de tratarme de esa forma, y me dijo que pagara, y que mañana me comunicara nuevamente con una licenciada para llegar a un acuerdo de depositar la cantidad de 3,901 antes de que terminara este mes, que si no de lo contrario pagaria 9,402.00
Necesito saber si puedo dirigirme directamente a chedraui y pagar directamente en dicha tienda, ya que desconfio de estas personas que no dan la cara solo amanazan con estos escritos y tampoco me envian ningun comprobante que diga que con la cantidad que ellos me estan pidiendo queda saldada mi deuda.
Por favor pido su ayuda.
rosaura1962- Des-informado
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1
Calma
La verdad antes que nada quiero decirte que lamentablemente has regalado 800 pesos a estos rufianes, lo primero que te voy a recomendar es calma, en segundo calma y despues mas calma, da lastima leer casos como el tuyo en donde gracias al miedo que los cobrones logran inyectar a la gente aunado a la desinformacion logran su objetivo, no sabes como disfrute en mi caso hacer que se arrastraran por un pedazo de comision cuando tenia dinero en mano, en fin , mira no te espantes estos señores ni van a ir a vaciar tu casa ni nada has llegado aunque poco tarde al lugar indicado para pagar lo justo, que no te vuelvan a gritar, no te dejes que te amedranten mejor platicanos un poco mas la historia de tu deuda, desde cuando debes, cuanto les debes desde entonces, dices que es de chedraui o de otro credito, la verdad no entendi, procura leer mucho los casos como el tuyo en donde gente como tu al paso del tiempo logro pagar lo justo en sus deudas con la simple formula del ahorro, de entrada jamas les vuelvas a pagar un solo peso sin una carta convenio que te iremos diciendo que debe de decir, animo amiga, somos deudores no delincuentes, nadie esta obligado a lo imposible y si no ahi como pagarles o de donde pues se tendran que esperar pues no habra de otra
Bienvenida a este gran foro
Saludos
Bienvenida a este gran foro
Saludos
luisin78- Experto Master
-
418
Re: amenaza de un despacho
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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Comprobar que hay un Dios es muy difícil, pero es mucho más difícil comprobar que no lo hay.
newii007- CONSULTOR MASTER
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64
1847
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