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debo a famsa estoy atrasado por 6 meses
3 participantes
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debo a famsa estoy atrasado por 6 meses
amigos debo a famsa me atrase por seis meses estoy atrasado por 4000 pesossolicite prestamo de 4400 pesos empeze a pagar pero me quede sin trabajo todo este tiempo me amenazan con embargarme pero no tengo nada a mi nombre me dicen q me van a meter a la carcel estoy desesperado q hago firme el papel del prestamoestaba pagando seguro q te hacen comprar para desempleo ya no pude abonar nbada q hago
norberto valdez- Des-informado
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debo a famsa estoy atrasado por 6 meses
norberto valdes,bienvenido a paga lo justo. Por principio de cuentas te preguntaría firmaste pagaré por el préstamo ? ya que firmar un pagare trae consigo la acción de cobro.
Si bien el embargo es un derecho de tu acreedor, primero tienen que demandarte y después embargarte.
Ahora bien, nadie puede ir a la CÁRCEL POR DEBER DINERO.
Podrías desglosar mejor tu deuda, es decir:
1.- cuantos pagos tenias que realizar y cuantos hiciste.
2.- mencionas que estabas pagando un seguro de desempleo, es así ?
Te dejo esto para que lo leas, es el proceso que se realiza para un embargo.
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
----------
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Por lo que debes veo difícil que te embarguen, pero estos cuates de famsa son de lo peor y su cobranza es muy agresiva y muy intimidatoria.
Tanquilisate, en este caso de las deudas, lo que tenemos que hacer es ahorrar en la medida de las posibilidades, para en un futuro llegar a un acuerdo para pagar.
Saludos.
Si bien el embargo es un derecho de tu acreedor, primero tienen que demandarte y después embargarte.
Ahora bien, nadie puede ir a la CÁRCEL POR DEBER DINERO.
Podrías desglosar mejor tu deuda, es decir:
1.- cuantos pagos tenias que realizar y cuantos hiciste.
2.- mencionas que estabas pagando un seguro de desempleo, es así ?
Te dejo esto para que lo leas, es el proceso que se realiza para un embargo.
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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Por lo que debes veo difícil que te embarguen, pero estos cuates de famsa son de lo peor y su cobranza es muy agresiva y muy intimidatoria.
Tanquilisate, en este caso de las deudas, lo que tenemos que hacer es ahorrar en la medida de las posibilidades, para en un futuro llegar a un acuerdo para pagar.
Saludos.
juan jose lorenzana- Consultor Master
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Debo a Famsa ....
Estimado norberto valdez:
Bienvenido a "Paga lo Justo", no entiendo muy bien si debes $ 4,400.00 o esa es la mensualidad que debes pagar a famsa o cuál es la cantidad adeudada? Algo muy importante "no te van a meter a la cárcel" somos deudores no delincuentes, ahora mi segunda pregunta firmaste algún pagaré? porque de ser asi sí pueden demandarte, revisa bien el contrato para estar seguros a que nos estamos enfrentando. Ahora, el acreedor está en su derecho de demandar pero generalmente no lo hace prefiere llegar a un acuerdo con el deudor que llevar un juicio largo y costoso. Si tu deuda es por $ 4,400.00 te aseguro que no te van a embargar van a buscar todas las formas posibles para que pagues te van a llamar por teléfono a tu celular, te van a mandar cartas intimidatorias, van a ir a tu domicilio en fin todos los medios disponibles para acosarte. Cuando lleguen sus cartitas que digan "Cobro extrajudicial" no te espantes extrajudicial quiere decir fuera de los juzgados, sea Famsa, bancos o despachos no tienen la facultad de embargar ya que no pueden ser juez y parte, sólo un juez puede hacerlo pero antes deben demandarte. Pero no nos adelantemos, primero puedes aclararnos cuál es la cifra que adeudas? y en base a eso podemos asesorarte de la mejor manera. Para hacerlo vete al final de la página y encontrarás un recuadro que dice buscar ahí das click y entrarás a otra página que dice Publicar una respuesta ahí puedes externar todas tus dudas, alguien del foro te responderá. Asimismo, puedes irte a la parte superior derecha de la página donde dice buscar y poner el nombre de tu acreedor y se desplegarán varios casos vertidos en el foro el mismo se nutre de las experiencias de todos los miembros formando una retroalimentación y de esa forma apoyarnos.
Saludos y mucha suerte!
Bienvenido a "Paga lo Justo", no entiendo muy bien si debes $ 4,400.00 o esa es la mensualidad que debes pagar a famsa o cuál es la cantidad adeudada? Algo muy importante "no te van a meter a la cárcel" somos deudores no delincuentes, ahora mi segunda pregunta firmaste algún pagaré? porque de ser asi sí pueden demandarte, revisa bien el contrato para estar seguros a que nos estamos enfrentando. Ahora, el acreedor está en su derecho de demandar pero generalmente no lo hace prefiere llegar a un acuerdo con el deudor que llevar un juicio largo y costoso. Si tu deuda es por $ 4,400.00 te aseguro que no te van a embargar van a buscar todas las formas posibles para que pagues te van a llamar por teléfono a tu celular, te van a mandar cartas intimidatorias, van a ir a tu domicilio en fin todos los medios disponibles para acosarte. Cuando lleguen sus cartitas que digan "Cobro extrajudicial" no te espantes extrajudicial quiere decir fuera de los juzgados, sea Famsa, bancos o despachos no tienen la facultad de embargar ya que no pueden ser juez y parte, sólo un juez puede hacerlo pero antes deben demandarte. Pero no nos adelantemos, primero puedes aclararnos cuál es la cifra que adeudas? y en base a eso podemos asesorarte de la mejor manera. Para hacerlo vete al final de la página y encontrarás un recuadro que dice buscar ahí das click y entrarás a otra página que dice Publicar una respuesta ahí puedes externar todas tus dudas, alguien del foro te responderá. Asimismo, puedes irte a la parte superior derecha de la página donde dice buscar y poner el nombre de tu acreedor y se desplegarán varios casos vertidos en el foro el mismo se nutre de las experiencias de todos los miembros formando una retroalimentación y de esa forma apoyarnos.
Saludos y mucha suerte!
SOLEDAD AGUILAR GALVÁN- Consultor Sr.
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Re: debo a famsa estoy atrasado por 6 meses
- Código:
norberto valdez- Des-informado
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Re: debo a famsa estoy atrasado por 6 meses
Tranquilo amigo, no te pueden meter a la cárcel, y no porque lo digamos aquí en el foro, sino porque así lo marca la CONSTITUCIÓN de este País, ya te deje un formato de como es el proceso de embargo, pero por lo que debes, les sale mas caro empezar el tramite y lo que van a hacer es intimidarte y meter miedo para que pagues.
Aquí no se fomenta el no pagar, pero si no tienes como le vas hacer, nadie esta obligado a lo IMPOSIBLE, así que no te estreses y te invito a que sigas leyendo en el foro casos parecidos al tuyo para que sepas como afrontar tu situación.
En la parte superior derecha del foro donde dice buscar... solo anota la palabra FAMSA y te aparecerán varios casos de compañeros que han dejado sus experiencias con este acreedor.
La información es poder y solo informandote te sentirás mas tranquilo.
Sigue posteando tus dudas.
Saludos.
Aquí no se fomenta el no pagar, pero si no tienes como le vas hacer, nadie esta obligado a lo IMPOSIBLE, así que no te estreses y te invito a que sigas leyendo en el foro casos parecidos al tuyo para que sepas como afrontar tu situación.
En la parte superior derecha del foro donde dice buscar... solo anota la palabra FAMSA y te aparecerán varios casos de compañeros que han dejado sus experiencias con este acreedor.
La información es poder y solo informandote te sentirás mas tranquilo.
Sigue posteando tus dudas.
Saludos.
juan jose lorenzana- Consultor Master
-
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Re: debo a famsa estoy atrasado por 6 meses
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
vuelve a leer esto que nos dejo el maestro APOLO para que estés mas tranquilo.
Saludos.
vuelve a leer esto que nos dejo el maestro APOLO para que estés mas tranquilo.
Saludos.
juan jose lorenzana- Consultor Master
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Debo a Famsa ....
Amigo norberto valadez:
Ya mi amigo y compañero Juan José Lorenzana (saludos) te confirmó no hay cárcel por deber dinero y por la cantidad que debes ni siquiera te debe preocupar una demanda les sale más caro demandar que llegar a un acuerdo contigo. No hagas caso de las tonterías que te dicen para que pagues sólo te están amedrentando, la cobranza de FAMSA se maneja de una manera muy agresiva y hostigosa. No les contestes el teléfono, te estarán llegando cartitas y visitas domiciliarias no los atiendas y si lo haces no les permitas entrar a tu casa atiéndelos en la acera de enfrente, no pasa nada te lo aseguro. Debes estar tranquilo y con la mente despejada ya que tus peques te necesitan ahorita lo importante es buscar trabajo a eso dale la mayor prioridad ya después se verá, primero lo primero.
Cuida a tus peques y estamos en comunicación.
Saludos!
Ya mi amigo y compañero Juan José Lorenzana (saludos) te confirmó no hay cárcel por deber dinero y por la cantidad que debes ni siquiera te debe preocupar una demanda les sale más caro demandar que llegar a un acuerdo contigo. No hagas caso de las tonterías que te dicen para que pagues sólo te están amedrentando, la cobranza de FAMSA se maneja de una manera muy agresiva y hostigosa. No les contestes el teléfono, te estarán llegando cartitas y visitas domiciliarias no los atiendas y si lo haces no les permitas entrar a tu casa atiéndelos en la acera de enfrente, no pasa nada te lo aseguro. Debes estar tranquilo y con la mente despejada ya que tus peques te necesitan ahorita lo importante es buscar trabajo a eso dale la mayor prioridad ya después se verá, primero lo primero.
Cuida a tus peques y estamos en comunicación.
Saludos!
SOLEDAD AGUILAR GALVÁN- Consultor Sr.
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