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Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
4 participantes
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Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
Como ustedes saben he tenido varios negocios, he sido un mil usos, bueno el asunto es que en la actualidad soy un humilde vendedor de pino y cloro, por cuestiones de mi enfermedad solo soy el que "dirige", bueno mi esposa y mi hijo, cuando estuve internado mi hijo de escasos 16 años se dedico a vender y eso ayudo a no perder clientes, el asunto es el siguiente, el negocio ha prosperado, no hemos vuelto distribuidores por mayoreo y menudeo, esto a provocado que vendamos a restaurantes de esta zona y a comercios, el asunto es que ahora me piden factura para hacer entregas en hoteles, sean enterado de la calidad de nuestro productos y nos compran por garrafones, que tengo que hacer, me registro como persona física o que área, gracias de antemano y saludos
Hermes- Maestro de Maestros
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59
3801
Re: Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
En este caso tiene mucho que ver los ingresos con los que cuenta, para personas fisicas el tope de ingresos son de $4,000,000.00 anuales y persona moral no hay limite, una persona fisica tiene menos obligaciones que una persona moral, una persona fisica su alta es individual solo se presenta en el sat, le dice que es lo que va a hacer y ellos le dan su hojita con obligaciones, para una persona moral, es ir con notario dar de alta la empresa, las personas que la componen etc, y de todas formas estas personas se tendrian que dar de alta ante hacienda como personas fisicas, para un mayor control de obligaciones ante ser socio.
le voy a pasar una liga de un simulador aqui usted llene lo que le pregunan como persona fisica y moral y se puede dar una idea de cuales serian sus obligaciones.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] primero esta liga
si gusta lo lleno yo y le despliego lo que me arroje.
le voy a pasar una liga de un simulador aqui usted llene lo que le pregunan como persona fisica y moral y se puede dar una idea de cuales serian sus obligaciones.
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Última edición por Anie el Vie 14 Oct 2011 - 12:31, editado 1 vez
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Solo es amado y respetado quien ama y se respeta a sí mismo. Jamás procures agradar a todo el mundo, o perderás el respeto de todos.
Andrómeda*- CONSULTOR MASTER
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48
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Re: Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
A mi me funcionó cuando tuve mi negocio de lámparas y artículos eléctricos que me di de alta como persona física con actividad empresarial así como dice Anie, se tienen menos obligaciones. Sólo tienes que llevar los documentos que te piden en hacienda y en 1 día queda todo. Pero sería bueno tener de asesor a un contador porque la primera vez si son varios papeles para le alta y algunos formatos que hay que llenar. Siendo persona física te evitar cuestiones del seguro social y demas... entre otros...
Que bueno que tu empresa va mejorando!!
Que bueno que tu empresa va mejorando!!
_________________
No existen palabras para agradecer que exista este maravilloso foro!! Gracias!
Corazón PLJ- Consultor Master
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1511
Re: Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] aqui esta otra liga. entraria en regimen intermedio.
En lo personal, aca en mi rancho los del sat son super amables, si saca cita ellos los pueden orientar, ayudarle con el llenado del cuestionario para ubicar sus obligaciones y demas!!
En lo personal, aca en mi rancho los del sat son super amables, si saca cita ellos los pueden orientar, ayudarle con el llenado del cuestionario para ubicar sus obligaciones y demas!!
Última edición por Anie el Vie 14 Oct 2011 - 12:38, editado 1 vez
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Solo es amado y respetado quien ama y se respeta a sí mismo. Jamás procures agradar a todo el mundo, o perderás el respeto de todos.
Andrómeda*- CONSULTOR MASTER
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48
3491
Re: Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
Creo que al maestro Hermes le conviene más pequeños contribuyentes, anexo la info que saqué de la página de SAT:
Definición del régimen de pequeños contribuyentes
Este régimen es opcional. En él pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, siempre que no hayan tenido ingresos o ventas mayores a $2’000,000.00 al año, además de no proporcionar facturas y desglosar el IVA.
En el caso de que se venda mercancía importada, sólo se puede estar en este régimen si el importe de las ventas por esta mercancía es como máximo de 30% respecto al total del año.
En este régimen se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos:
Impuesto sobre la renta, es un impuesto que se paga por los ingresos obtenidos y a los cuales la ley permite que se les deduzca sólo el equivalente a cuatro salarios mínimos del periodo que se paga.
Impuesto al valor agregado, desde el ejercicio de 2004 se modificó el tratamiento de exención que tenían los pequeños contribuyentes en el impuesto al valor agregado, por lo que deben pagarlo de acuerdo con cuotas fijas estimadas.
¿Qué obligaciones fiscales deben cumplir?
- Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (darse de alta).
- Aviso de opción para ser pequeño contribuyente.
- Entregar notas de venta a sus clientes.
- Solicitar facturas.
- Declaraciones informativas de ingresos.
- Llevar contabilidad.
- Hacer retenciones de impuesto.
- Pagar crédito al salario a los trabajadores.
- Entregar constancias de pagos y retenciones a los trabajadores.
- Presentar declaraciones informativas.
- Calcular el impuesto anual de sus trabajadores.
En este régimen no se pueden llevar a cabo las actividades a través de fideicomisos.
En cambio, esto se dice de Persona Física con Actividad Empresarial:
Actividades empresariales
Es el régimen conforme al cual pueden pagar sus impuestos todas las personas físicas que se dediquen a las siguientes actividades:
Comerciales;
Industriales, que consisten en la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores;
Agrícolas, que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
Ganaderas, que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
De pesca, que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
Silvícolas, que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
Las personas que realizan actividades antes citadas tienen la obligación de pagar los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre la renta
- Impuesto al valor agregado
- Impuesto al activo
- También pueden ser sujetos del impuesto especial sobre producción y servicios.
Además, en este régimen deben cumplirse otras obligaciones:
Una vez que usted decida tributar en este régimen, deberá cumplir las siguientes obligaciones:
- Inscribirse o darse de alta.
- Llevar contabilidad y conservarla.
- Expedir y conservar comprobantes fiscales por las actividades que realice.
- Presentar declaraciones informativas.
- Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
- Presentar declaración anual.
- Expedir constancias. Si tiene trabajadores deberá entregarles constancia de las percepciones que les pague y las retenciones que les efectúe, a más tardar en el mes de enero de cada año.
- Efectuar retenciones. Se deberá efectuar la retención del impuesto sobre la renta cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de crédito al salario.
Otras obligaciones:
•Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la opción de deducción inmediata.
•Calcular en la declaración anual del impuesto sobre la renta, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
Definición del régimen de pequeños contribuyentes
Este régimen es opcional. En él pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, siempre que no hayan tenido ingresos o ventas mayores a $2’000,000.00 al año, además de no proporcionar facturas y desglosar el IVA.
En el caso de que se venda mercancía importada, sólo se puede estar en este régimen si el importe de las ventas por esta mercancía es como máximo de 30% respecto al total del año.
En este régimen se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos:
Impuesto sobre la renta, es un impuesto que se paga por los ingresos obtenidos y a los cuales la ley permite que se les deduzca sólo el equivalente a cuatro salarios mínimos del periodo que se paga.
Impuesto al valor agregado, desde el ejercicio de 2004 se modificó el tratamiento de exención que tenían los pequeños contribuyentes en el impuesto al valor agregado, por lo que deben pagarlo de acuerdo con cuotas fijas estimadas.
¿Qué obligaciones fiscales deben cumplir?
- Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (darse de alta).
- Aviso de opción para ser pequeño contribuyente.
- Entregar notas de venta a sus clientes.
- Solicitar facturas.
- Declaraciones informativas de ingresos.
- Llevar contabilidad.
- Hacer retenciones de impuesto.
- Pagar crédito al salario a los trabajadores.
- Entregar constancias de pagos y retenciones a los trabajadores.
- Presentar declaraciones informativas.
- Calcular el impuesto anual de sus trabajadores.
En este régimen no se pueden llevar a cabo las actividades a través de fideicomisos.
En cambio, esto se dice de Persona Física con Actividad Empresarial:
Actividades empresariales
Es el régimen conforme al cual pueden pagar sus impuestos todas las personas físicas que se dediquen a las siguientes actividades:
Comerciales;
Industriales, que consisten en la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores;
Agrícolas, que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
Ganaderas, que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
De pesca, que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
Silvícolas, que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
Las personas que realizan actividades antes citadas tienen la obligación de pagar los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre la renta
- Impuesto al valor agregado
- Impuesto al activo
- También pueden ser sujetos del impuesto especial sobre producción y servicios.
Además, en este régimen deben cumplirse otras obligaciones:
Una vez que usted decida tributar en este régimen, deberá cumplir las siguientes obligaciones:
- Inscribirse o darse de alta.
- Llevar contabilidad y conservarla.
- Expedir y conservar comprobantes fiscales por las actividades que realice.
- Presentar declaraciones informativas.
- Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
- Presentar declaración anual.
- Expedir constancias. Si tiene trabajadores deberá entregarles constancia de las percepciones que les pague y las retenciones que les efectúe, a más tardar en el mes de enero de cada año.
- Efectuar retenciones. Se deberá efectuar la retención del impuesto sobre la renta cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de crédito al salario.
Otras obligaciones:
•Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la opción de deducción inmediata.
•Calcular en la declaración anual del impuesto sobre la renta, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
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Lee mucho e infórmate. Recuerda que la información es la mejor arma que puedes tener.
Kahmus- CONSULTOR MASTER
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1648
Re: Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
kahmus el pequeño contribuyente no da facturas, el debe de incribirse en intermedio.
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Solo es amado y respetado quien ama y se respeta a sí mismo. Jamás procures agradar a todo el mundo, o perderás el respeto de todos.
Andrómeda*- CONSULTOR MASTER
-
48
3491
Re: Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
Persona fisica con actividad empresarial en regimen intermedio para que les pueda dar factura a sus clientes grandes como restaurantes, empresas etc.
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No existen palabras para agradecer que exista este maravilloso foro!! Gracias!
Corazón PLJ- Consultor Master
-
1511
Re: Asesorenme, mi negocio se esta conviertendo en una mricrompesa
Es correcto mis queridas compañeras, ya vi que estaba en un error...
Un abrazo a ambas
Un abrazo a ambas
Kahmus- CONSULTOR MASTER
-
45
1648
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