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Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
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Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
REFORMA AL CÓDIGO DE COMERCIO
Con fecha 27 de enero de 2011, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio. A través de estas reformas se implanta el Juicio Oral Mercantil.
Estas reformas prevén la incorporación de la oralización de los juicios en materia mercantil, particularmente para los procedimientos ordinarios, toda vez que éstos son el mayor número de los existentes en los tribunales, y de los que se encuentra saturado el sistema judicial.
Se busca reducir los formalismos, requisitos y trámites inocuos atendiendo a una mejora regulatoria en beneficio del procedimiento judicial y la población. Este juicio sólo será empleado para los procedimientos ordinarios cuya suerte principal sea inferior a 220 mil 533 pesos 48 centavos.
Se observarán como principios, los de oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración.
Se dota al juez de los mecanismos de control y rectoría que le permitan llevar la mejor conducción del juicio. Se le otorgan facultades disciplinarias para mantener el orden en las audiencias, incluido el poder de mando de la fuerza pública; la limitación del acceso del público a las mismas; así como decretar recesos de estimarlo necesario, sin que ello implique dilación del procedimiento.
Se suprime la totalidad de las notificaciones personales, con excepción del emplazamiento, con la finalidad de agilizar el procedimiento y cuidando el respeto pleno a la garantía de audiencia. Asimismo, se tienen por hechas las notificaciones de los acuerdos pronunciados en las audiencias, aun cuando no acudan las partes.
Para la agilidad del desarrollo de las audiencias y acorde a la oralidad que impera en las mismas, se considera la incorporación tecnológica para su registro, sin que ello implique el desuso de otras formas establecidas de registro como son los medios tradicionales.
Se establece la figura de la audiencia preliminar, que tiene como propósito la depuración del procedimiento, mediante la conciliación de las partes con intervención directa del juez.
La reforma también contiene adecuaciones respecto de los medios de solución de controversias alternativos, se reglamenta la intervención judicial y los requisitos que se deben observar cuando se solicite la remisión al arbitraje.
Los jueces podrán ordenar en el caso de procedimientos mercantiles a fin de hacer cumplir sus determinaciones, desde una amonestación hasta el arresto, con la posibilidad de ordenar el uso de la fuerza pública y el rompimiento de las cerraduras.
Una de las críticas que se han hecho a esta reforma es que estos orales provocará un impacto sobre los deudores de tarjetas de crédito, pues se están dando más armas a las instituciones financieras o a las agencias compradoras de cartera para que se fueran en contra de este segmento de la población.
Cabe aclarar que las reformas realizadas en materia del Juicio Oral Mercantil entran en vigor un año después de su publicación.
Es por eso y con motivo de ofrecer un mejor servicio a este foro, un servidor me presentare al Curso de Actualización de:
INTRODUCCIÓN A LA ORALIDAD EN MATERIA CIVIL Y MERCANTIL
Fecha de Inicio: Lunes 15 de Agosto de 2011 Fecha de Término: Viernes, 18 de Agosto de 2011
Lugar: INSTITUTO DE ESTUDIOS JUDICIALES
DOCENTE: LIC. RAYMUNDO PEREZ PEREZMITRE
HORARIO: 8:00 a 10:00 Hrs.
INSCRIPCIONES EN EL INSTITUTO DE ESTUDIOS JUDICIALES DEL HONORABLE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.
CUPO: 15 PERSONAS
CON EL FIN DE OFRECER Y CREAR MEJORES HERRAMIENTAS, VENTAJAS COMPETITIVAS, Y DIFERENCIACION CON OTROS FOROS CONTAR CON LO MAS ACTUALIZADO EN LEYES PARA SU TRANQUILIDAD.
SALUDOS Y ESPEREN PRONTAS NOTICIAS......
Con fecha 27 de enero de 2011, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio. A través de estas reformas se implanta el Juicio Oral Mercantil.
Estas reformas prevén la incorporación de la oralización de los juicios en materia mercantil, particularmente para los procedimientos ordinarios, toda vez que éstos son el mayor número de los existentes en los tribunales, y de los que se encuentra saturado el sistema judicial.
Se busca reducir los formalismos, requisitos y trámites inocuos atendiendo a una mejora regulatoria en beneficio del procedimiento judicial y la población. Este juicio sólo será empleado para los procedimientos ordinarios cuya suerte principal sea inferior a 220 mil 533 pesos 48 centavos.
Se observarán como principios, los de oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración.
Se dota al juez de los mecanismos de control y rectoría que le permitan llevar la mejor conducción del juicio. Se le otorgan facultades disciplinarias para mantener el orden en las audiencias, incluido el poder de mando de la fuerza pública; la limitación del acceso del público a las mismas; así como decretar recesos de estimarlo necesario, sin que ello implique dilación del procedimiento.
Se suprime la totalidad de las notificaciones personales, con excepción del emplazamiento, con la finalidad de agilizar el procedimiento y cuidando el respeto pleno a la garantía de audiencia. Asimismo, se tienen por hechas las notificaciones de los acuerdos pronunciados en las audiencias, aun cuando no acudan las partes.
Para la agilidad del desarrollo de las audiencias y acorde a la oralidad que impera en las mismas, se considera la incorporación tecnológica para su registro, sin que ello implique el desuso de otras formas establecidas de registro como son los medios tradicionales.
Se establece la figura de la audiencia preliminar, que tiene como propósito la depuración del procedimiento, mediante la conciliación de las partes con intervención directa del juez.
La reforma también contiene adecuaciones respecto de los medios de solución de controversias alternativos, se reglamenta la intervención judicial y los requisitos que se deben observar cuando se solicite la remisión al arbitraje.
Los jueces podrán ordenar en el caso de procedimientos mercantiles a fin de hacer cumplir sus determinaciones, desde una amonestación hasta el arresto, con la posibilidad de ordenar el uso de la fuerza pública y el rompimiento de las cerraduras.
Una de las críticas que se han hecho a esta reforma es que estos orales provocará un impacto sobre los deudores de tarjetas de crédito, pues se están dando más armas a las instituciones financieras o a las agencias compradoras de cartera para que se fueran en contra de este segmento de la población.
Cabe aclarar que las reformas realizadas en materia del Juicio Oral Mercantil entran en vigor un año después de su publicación.
Es por eso y con motivo de ofrecer un mejor servicio a este foro, un servidor me presentare al Curso de Actualización de:
INTRODUCCIÓN A LA ORALIDAD EN MATERIA CIVIL Y MERCANTIL
Fecha de Inicio: Lunes 15 de Agosto de 2011 Fecha de Término: Viernes, 18 de Agosto de 2011
Lugar: INSTITUTO DE ESTUDIOS JUDICIALES
DOCENTE: LIC. RAYMUNDO PEREZ PEREZMITRE
HORARIO: 8:00 a 10:00 Hrs.
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CUPO: 15 PERSONAS
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_________________
!!!Debemos convertirnos en el cambio que buscamos en el mundo.¡¡¡
"""Deudor Informado ""Jamas"" sera Engañado"""
Re: Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
Gracias Abogado Ramilrez por su apoyo a nuestro foro y para Ud. lo mejor de la Suerte.
bola de nieve- Experto Jr.
-
83
277
Re: Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
Abogado Ramirez siempre a la vanguardia,gracias por estar atento.
AQUILES- Maestro de Maestros
-
69
4443
Re: Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
Se menciono aquí primero y no andamos inventando nada
_________________
Hay gente que miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Hermes- Maestro de Maestros
-
59
3801
Re: Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
definitivamente estamos a la vanguardia por eso que no nos espanten pues sabemos del tema
_________________
!!!Debemos convertirnos en el cambio que buscamos en el mundo.¡¡¡
"""Deudor Informado ""Jamas"" sera Engañado"""
Re: Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
Antes que nadie se dijo sobre los juicios orales y un verdadero Abogado como lo es el LICENCIADO RAMIREZ si se ha actualizado al respecto, por ahí andan coyotes angelicales tratando de espantar a la gente con falsa demandas, CUIDENSE, saludos
_________________
Hay gente que miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras
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Hermes- Maestro de Maestros
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59
3801
Re: Nuevos Juicios Orales CURSO DE ACTUALIZACION
Hola Abogado Ramírez.
En que quedó esto? Supongo que ya entró en vigor. Va a impactar entre nosotros, los deudores de TC y préstamos personales?
En que quedó esto? Supongo que ya entró en vigor. Va a impactar entre nosotros, los deudores de TC y préstamos personales?
Ryuu- Experto Jr.
-
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