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Que es la insolvencia?
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Que es la insolvencia?
Qué es la insolvencia ?
> Inicio > Negocios
La insolvencia es una situación que enfrentan personas o empresas (cualquier entidad económica) cuando ya no existe forma alguna de poder pagar sus deudas, ni en el corto o largo plazo (una empresa podría enfrentar una falta de liquidez inmediata, pero corregir esta situación con el tiempo). A esto en muchos lugares también se le llama "quiebra", y en este sentido los acreedores pueden solicitarla para un deudor (quiebra involuntaria), para recuperar parte de lo que se les debe, pero en la mayoría de los casos es el mismo deudor el que la solicita, lo que se llama "quiebra voluntaria".
En estricto rigor, y vale recalcarlo, por lo menos técnicamente la insolvencia no es lo mismo que la quiebra o bancarrota, aunque en ocasiones se les utilice como sinónimos. La primera es una condición de la entidad, en cuanto a su inhabilidad para poder pagar sus deudas, mientras que el segundo concepto corresponde a una decisión de una corte, lo que resulta en acciones legales (dependiendo claro de cada legislación, pero es importante aclarar los conceptos).
Una de las alternativas que tiene una empresa al encontrarse en una situación de insolvencia frente a sus deudas, consiste en la reestructuración de sus deudas, mediante el refinanciamiento (básicamente cambiar una deuda por otra con ciertas condiciones) o algún otro mecanismo y acuerdos, lo que evitaría llegar a la situación formal y legal de la quiebra (es una alternativa extra-judicial).
Las legislaciones pueden marcar pronunciadas diferencias en las consecuencias de la insolvencia, o hacerla literalmente sinónimos de una quiebra; dependiendo además de la constitución de la empresa, sus dueños podrían o no tener que hacerse cargo personalmente de las deudas pendientes.
O sea cuando una persona o entidad se declara en insolvencia, no es que simplemente le borran las deudas, y existen muchas otras consecuencias negativas a raíz de tomar la decisión de declararse en esta situación. Hablando de aquí en adelante en el artículo en términos muy generales orientados principalmente a las personas más que a las empresas, debido a lo que pueden variar las leyes en cada país, por ejemplo por medio de la insolvencia (o de su figura legal equivalente), podemos comenzar señalando que los individuos "manchan" por así decirlo su reporte de crédito. En otras palabras, la insolvencia queda registrada por una cierta cantidad de años en dicho reporte que manejan las entidades financieras, quitándole por completo la posibilidad de optar a algún tipo de crédito (esto va a depender de la legislación local de cada país). Esto hace que la posibilidad de cambiar el auto, o adquirir uno nuevo, comprar una casa, o cualquier otro gran proyecto se vean frenados debido a la imposibilidad de solicitar algún tipo de préstamo. Lo anterior tiene mucho sentido ya que, si se considera que las personas que se han declarado en insolvencia no han pagado las deudas, y acuden a solicitar un nuevo préstamo, entonces la entidad prestamista no podrá contar con confianza alguna de que dicha persona pagará lo acordado.
Además, es necesario recordar que no desaparecen todas las deudas y gastos; es de suma importancia señalar que, aún con esta declaración o la figura legal que se le ajuste, además de los gastos del diario vivir que se deben afrontar (en el caso de las personas todos los gastos cotidianos como cuentas varias, colegios y/o universidades que pagar, impuestos, etc...) existirán gastos asociados a los trámites y procedimientos que se desencadenan.
La declaración de insolvencia permanece en los archivos públicos por un cierto lapso de tiempo, y lamentablemente, estigmatiza a quienes poseen en sus datos información de este tipo. Se ha visto que, muchas veces, limita las posibilidades de mantener un empleo debido a su inmediata asociación con la irresponsabilidad, lo que aumenta en forma considerable, los problemas de baja autoestima y frustración.
Debido a todo lo anterior es que es muy necesario considerar todas y cada una de las consecuencias que conlleva la declaración de insolvencia, ya que, claramente, no se trata sólo de olvidarse de las deudas. Para esto tanto en nuestra vida personal como empresarial, es necesario asegurarse constantemente que vamos a ser capaces de cubrir nuestros pasivos exigibles con nuestros activos, económicamente hablando, para no caer en la insolvencia. Y si por algún motivo lo hacemos, es importante informarse bien para seguir los pasos legales y económicos que corresponden.
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La insolvencia es una situación que enfrentan personas o empresas (cualquier entidad económica) cuando ya no existe forma alguna de poder pagar sus deudas, ni en el corto o largo plazo (una empresa podría enfrentar una falta de liquidez inmediata, pero corregir esta situación con el tiempo). A esto en muchos lugares también se le llama "quiebra", y en este sentido los acreedores pueden solicitarla para un deudor (quiebra involuntaria), para recuperar parte de lo que se les debe, pero en la mayoría de los casos es el mismo deudor el que la solicita, lo que se llama "quiebra voluntaria".
En estricto rigor, y vale recalcarlo, por lo menos técnicamente la insolvencia no es lo mismo que la quiebra o bancarrota, aunque en ocasiones se les utilice como sinónimos. La primera es una condición de la entidad, en cuanto a su inhabilidad para poder pagar sus deudas, mientras que el segundo concepto corresponde a una decisión de una corte, lo que resulta en acciones legales (dependiendo claro de cada legislación, pero es importante aclarar los conceptos).
Una de las alternativas que tiene una empresa al encontrarse en una situación de insolvencia frente a sus deudas, consiste en la reestructuración de sus deudas, mediante el refinanciamiento (básicamente cambiar una deuda por otra con ciertas condiciones) o algún otro mecanismo y acuerdos, lo que evitaría llegar a la situación formal y legal de la quiebra (es una alternativa extra-judicial).
Las legislaciones pueden marcar pronunciadas diferencias en las consecuencias de la insolvencia, o hacerla literalmente sinónimos de una quiebra; dependiendo además de la constitución de la empresa, sus dueños podrían o no tener que hacerse cargo personalmente de las deudas pendientes.
O sea cuando una persona o entidad se declara en insolvencia, no es que simplemente le borran las deudas, y existen muchas otras consecuencias negativas a raíz de tomar la decisión de declararse en esta situación. Hablando de aquí en adelante en el artículo en términos muy generales orientados principalmente a las personas más que a las empresas, debido a lo que pueden variar las leyes en cada país, por ejemplo por medio de la insolvencia (o de su figura legal equivalente), podemos comenzar señalando que los individuos "manchan" por así decirlo su reporte de crédito. En otras palabras, la insolvencia queda registrada por una cierta cantidad de años en dicho reporte que manejan las entidades financieras, quitándole por completo la posibilidad de optar a algún tipo de crédito (esto va a depender de la legislación local de cada país). Esto hace que la posibilidad de cambiar el auto, o adquirir uno nuevo, comprar una casa, o cualquier otro gran proyecto se vean frenados debido a la imposibilidad de solicitar algún tipo de préstamo. Lo anterior tiene mucho sentido ya que, si se considera que las personas que se han declarado en insolvencia no han pagado las deudas, y acuden a solicitar un nuevo préstamo, entonces la entidad prestamista no podrá contar con confianza alguna de que dicha persona pagará lo acordado.
Además, es necesario recordar que no desaparecen todas las deudas y gastos; es de suma importancia señalar que, aún con esta declaración o la figura legal que se le ajuste, además de los gastos del diario vivir que se deben afrontar (en el caso de las personas todos los gastos cotidianos como cuentas varias, colegios y/o universidades que pagar, impuestos, etc...) existirán gastos asociados a los trámites y procedimientos que se desencadenan.
La declaración de insolvencia permanece en los archivos públicos por un cierto lapso de tiempo, y lamentablemente, estigmatiza a quienes poseen en sus datos información de este tipo. Se ha visto que, muchas veces, limita las posibilidades de mantener un empleo debido a su inmediata asociación con la irresponsabilidad, lo que aumenta en forma considerable, los problemas de baja autoestima y frustración.
Debido a todo lo anterior es que es muy necesario considerar todas y cada una de las consecuencias que conlleva la declaración de insolvencia, ya que, claramente, no se trata sólo de olvidarse de las deudas. Para esto tanto en nuestra vida personal como empresarial, es necesario asegurarse constantemente que vamos a ser capaces de cubrir nuestros pasivos exigibles con nuestros activos, económicamente hablando, para no caer en la insolvencia. Y si por algún motivo lo hacemos, es importante informarse bien para seguir los pasos legales y económicos que corresponden.
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AQUILES- Maestro de Maestros
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Re: Que es la insolvencia?
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LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS//PROYECTO DE INICIATIVA DE
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES. ANALISIS DE PUBLICACIONES.
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1.- MARCO JURIDICO CONCEPTUAL
A.- Para mayor claridad se considera conveniente hacer una sencilla exposición del
procedimiento judicial en el caso de quiebra o suspensión de pagos.
1.-Los comerciantes en el ejercicio de su actividad adquieren deudas, las que deben pagar en los términos en que se haya convenido. Cuando un comerciante no cubre sus deudas, los acreedores pueden proceder a demandar judicialmente su pago.
2.-Si el comerciante sistemáticamente cesa en el pago de sus deudas, sus acreedores tienen la facultad de solicitar al juez que sea declarado en quiebra. También lo puede pedir el propio deudor.
3.-La quiebra priva al deudor de la administración de sus bienes y se la otorga al síndico. La quiebra tiene como objeto que con los bienes del deudor se pague a los acreedores, íntegramente o hasta donde se alcance.
4.-Para la vigilancia de la actividad del síndico y de la administración de la quiebra el juez puede nombrar, de entre los acreedores, hasta cinco interventores, que conforman la intervención.
5.- Los acreedores deben solicitar el reconocimiento de sus créditos ante el juez, quien lo hará previa junta de acreedores.
6.-El deudor puede evitar la declaración de quiebra, solicitando la suspensión de pagos. También puede solicitarla antes de que se le demande la quiebra, si ha cesado en el pago de sus deudas.
7.-La suspensión de pagos tiene como efecto el evitar el remate de sus bienes y pagar a sus deudores, de acuerdo con el convenio que el mismo deudor proponga, conservando la administración de su empresa.
B.- El término quiebra, hace alusión a una situación de insolvencia de una persona que está sujeta al régimen mercantil, es decir, los comerciantes.
Según el Código de Comercio3 son comerciantes:
Art. 3º Se reputan en derecho comerciantes:
I- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria,-
II - Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;
III - Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.
El procedimiento de quiebra y suspensión de pagos se encuentra regulado en la Ley de Quiebras y Suspensiones de Pagos4, sin embargo, en dicho ordenamiento no se encuentra un concepto claro del término, por lo que se hace necesario recurrir a la doctrina para precisar el concepto de quiebra.
LEER ARTUCULO COMPLETO:
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LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS//PROYECTO DE INICIATIVA DE
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES. ANALISIS DE PUBLICACIONES.
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1.- MARCO JURIDICO CONCEPTUAL
A.- Para mayor claridad se considera conveniente hacer una sencilla exposición del
procedimiento judicial en el caso de quiebra o suspensión de pagos.
1.-Los comerciantes en el ejercicio de su actividad adquieren deudas, las que deben pagar en los términos en que se haya convenido. Cuando un comerciante no cubre sus deudas, los acreedores pueden proceder a demandar judicialmente su pago.
2.-Si el comerciante sistemáticamente cesa en el pago de sus deudas, sus acreedores tienen la facultad de solicitar al juez que sea declarado en quiebra. También lo puede pedir el propio deudor.
3.-La quiebra priva al deudor de la administración de sus bienes y se la otorga al síndico. La quiebra tiene como objeto que con los bienes del deudor se pague a los acreedores, íntegramente o hasta donde se alcance.
4.-Para la vigilancia de la actividad del síndico y de la administración de la quiebra el juez puede nombrar, de entre los acreedores, hasta cinco interventores, que conforman la intervención.
5.- Los acreedores deben solicitar el reconocimiento de sus créditos ante el juez, quien lo hará previa junta de acreedores.
6.-El deudor puede evitar la declaración de quiebra, solicitando la suspensión de pagos. También puede solicitarla antes de que se le demande la quiebra, si ha cesado en el pago de sus deudas.
7.-La suspensión de pagos tiene como efecto el evitar el remate de sus bienes y pagar a sus deudores, de acuerdo con el convenio que el mismo deudor proponga, conservando la administración de su empresa.
B.- El término quiebra, hace alusión a una situación de insolvencia de una persona que está sujeta al régimen mercantil, es decir, los comerciantes.
Según el Código de Comercio3 son comerciantes:
Art. 3º Se reputan en derecho comerciantes:
I- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria,-
II - Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;
III - Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.
El procedimiento de quiebra y suspensión de pagos se encuentra regulado en la Ley de Quiebras y Suspensiones de Pagos4, sin embargo, en dicho ordenamiento no se encuentra un concepto claro del término, por lo que se hace necesario recurrir a la doctrina para precisar el concepto de quiebra.
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Venus- VIP
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CONSEJOS PARA AYUDAR A COMPRENDER LA INSOLVENCIA VS QUIEBRA
Consejos para ayudar a comprender la insolvencia vs. Quiebra
A menudo existe una confusión que implica la igualdad entre insolvencia y quiebra. Las palabras se usan indistintamente, cuando en realidad quieren decir cosas diferentes. Aunque de naturaleza similar, la quiebra y la insolvencia no son iguales conceptos. En primer lugar, la quiebra es un término normalmente reservado para los individuos, mientras que la insolvencia se aplica a las empresas. De cualquier manera, el flujo de caja ha llegado a un punto en que los pasivos son mayores que los activos. La persona o empresa no está en condiciones de cumplir las obligaciones financieras y ya no puede seguir funcionando. Quiebra y las empresas individuales de insolvencia son evitables en casi cada caso.
Antes de iniciar el procedimiento de cualquiera de los casos, las personas encargadas de la toma de decisiones es necesario examinar de cerca la situación de la deuda y explorar las opciones disponibles. Hay al menos unos pocos. También hay organismos siempre disponible, muchas veces de forma gratuita, que están en el lugar para ayudar en estas circunstancias. Muchas veces, la quiebra y la insolvencia son evitables mediante el desarrollo de una nueva estrategia financiera y diligencia que emplean. Reevaluación de los gastos y la generación de activos a menudo conduce a la liberación. No debe ser demasiado orgullosos para admitir que usted puede necesitar ayuda para problemas de la deuda a través de. Si no está abierta la comunicación con sus acreedores, que eventualmente no tienen otra opción, salvo para encontrarte culpable.
Es fácil a veces para seguir esperando en silencio, con la esperanza de recuperar con sólo un poco más de tiempo. El tiempo pasará más rápido para ti que para los que están en deuda con usted. Paso fuera de su actual situación de la deuda. Mirada desde el exterior para ver que usted no está de su deuda y su deuda no es usted. La mayoría de endeudamiento financiero se pueden superar en ausencia de quiebra o insolvencia. Pedir asesoramiento y asistencia. Comunicar abierta y honestamente con sus acreedores. No ser más específicos que se justifique, pero debemos ser honestos. Usted puede subir por encima de este estado temporal de la deuda.
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Venus- VIP
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