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mi caso con elektra
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APOLO
AQUILES
Akbal
7 participantes
Página 1 de 1.
mi caso con elektra
amigos antes que anda gracias por existir este tipo de ayuda, le debo a elektra cerca de 33 mil pesos pero en 2 meses no pude pagar por que perdi mi trabajo y ahora me hablan a acada rato y me dicen que les debo 45 mil, me hablaron del juzgado por que dicen que me van a embargar, de verdad no tengo dinero y si ando espantado por que la casa es de mis padres mi temor es que se las quiten como me dijo el lic, del juzgado, gracias por su ayuda-11
Akbal- Des-informado
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2
Re: mi caso con elektra
Akbal,mira lo que te hacen es intimidarte con medios gangsteriles tipicos de elektra,pero de un juzgado no te llaman los jueces no se prestan a tales artimañas,tambien te diran que te van ambargar ,nunca les permitas entrar si te quieren obligar pide una patrulla y correran rapidito,pero sobre todo conserva la calma y a dormir bien,que para embargarte primero tendran que llevarr un juicio y ese les cuesta mas de lo que les debes,empieza ahorrar en cuanto puedas y podras negociar con el tiempo a tu favor,te podremos dar mas tips,conforme te vayan tratando,pero amigo recuerda conservar la calma ellos le apuestan a nuestro miedo,y si estamos informados no hay nada que temer,pues por deudas de caracter civil nadie va a al carcel,no les firmes nada si te piden firmar algo.
Última edición por AQUILES el Jue 2 Sep 2010 - 13:55, editado 2 veces
AQUILES- Maestro de Maestros
-
69
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Re: mi caso con elektra
Akbal escribió:amigos antes que anda gracias por existir este tipo de
ayuda
Primero que todo, BIENVENIDO al foro, y nuestro motivo de existir es evitar que los bancos se aprovechen de nosotros por falta de información.
hiciste bien en SUSPENDER tus pagos, y no les deposites ni un centavo mas.
Primero enfócate en encontrar un nuevo trabajo,y no te dejes intimidar por los pseudo licenciados que te llaman.
Akbal escribió:me hablaron del juzgado por que dicen que me van a
embargar, de verdad no tengo dinero
El juzgado NUNCA, te va a llamar por telefono, son ellos mismos (los de elecktra) los que te llaman,y se hacen pasar por Jueces... lo cual es un delito. si te vuelven a llamar,pidele su nombre completo, el numero de oficio de demanda y su cédula profesional....VERAS QUE TE CUELGAN.... UTILIZAN lo que sea para tratar de espantarnos.
Akbal escribió: si ando espantado por que la casa
es de mis padres mi temor es que se las quiten como me dijo el lic, del
juzgado, gracias por su ayuda-11
LA DEUDA ES TUYA... y no pueden tocar NADA de tus papás. ES IMPOSIBLE que por la deuda de una persona le cobren a otra.
ES COMO DECIR QUE POR MIS DEUDAS, le van a cobrar a mis primos, o a mi vecino... FALSO!!!!
TRANQUILO
APOLO- Admin 3
-
56
6872
Re: mi caso con elektra
bienvenido al foro primero que nada tu tranquilidad nadie esta obligado a lo imposible si no tienes trabajo por lo consiguiente no podras tener dinero para pagar asi que trata de leer las guias del foro con eso aprenderas tus derechos y tus obligaciones y la tranquilidad volvewra a ti ............. ahorita lo importante esconseguir un trabajo y ahorrar para negociar conun buen descuento.
estamos para servirte y unavez mas bienvenido
estamos para servirte y unavez mas bienvenido
AFRODITA- Maestro de Maestros
-
67
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Re: mi caso con elektra
AKBAL,
Me quedé pensando en tu caso, y tengo cuatro preguntas para poder asesorarte mejor:
1.- la deuda por compra de mercancía en la tienda, ¿está amparada con una tarjeta de crédito, un contato o Firmaste un pagaré?
2.- ¿Alguien firmó como avan con tu crédito?
3.- ¿Hiciste alguna restructura?
4.- ¿Cuantos pagos puntuales has realizado?
saludos y espero tus comentarios.
Me quedé pensando en tu caso, y tengo cuatro preguntas para poder asesorarte mejor:
1.- la deuda por compra de mercancía en la tienda, ¿está amparada con una tarjeta de crédito, un contato o Firmaste un pagaré?
2.- ¿Alguien firmó como avan con tu crédito?
3.- ¿Hiciste alguna restructura?
4.- ¿Cuantos pagos puntuales has realizado?
saludos y espero tus comentarios.
APOLO- Admin 3
-
56
6872
Re: mi caso con elektra
Hola akbal,
Bienvenido a Paga lo Justo.
Seguimos al pendiente de tu caso.
Bienvenido a Paga lo Justo.
Antes que nada debes de tener tranquilidad, pues NADIE ESTA OBLIGADO A LO IMPOSIBLE y mucho menos si ya no cuentas con una FUENTE DE INGRESOS.
Te recomiendo que des lectura a la Seccion de "Informate de todo dobre tus DEUDAS y Paga lo Justo" [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] en la cual encontrarás las respuestas a tus DUDAS.
Como bien te comenta nuestro compañero APOLO, es importante que nos comentes el tipo de DEUDA que adquiriste con ELEKTRA para poder darte una asesoría mas exacta.
Por ahora enfocate a tranqulizarte y tranqulizar a tu Familia y dirije tus energías a obtener una nueva FUENTE de INGRESOS que te permita estbilizarte Emocional y Económicamente y bajo esa premisa seguir las recomendaciones que encontraras aqui.
Te recomiendo que des lectura a la Seccion de "Informate de todo dobre tus DEUDAS y Paga lo Justo" [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] en la cual encontrarás las respuestas a tus DUDAS.
Como bien te comenta nuestro compañero APOLO, es importante que nos comentes el tipo de DEUDA que adquiriste con ELEKTRA para poder darte una asesoría mas exacta.
Por ahora enfocate a tranqulizarte y tranqulizar a tu Familia y dirije tus energías a obtener una nueva FUENTE de INGRESOS que te permita estbilizarte Emocional y Económicamente y bajo esa premisa seguir las recomendaciones que encontraras aqui.
Seguimos al pendiente de tu caso.
Última edición por ZEUS el Jue 25 Feb 2010 - 11:54, editado 2 veces
Re: mi caso con elektra
Abusado nadamàs que no se quieran pasar de vivos y te pidan entregues bienes, o paguitos, todo eso es para las raterias de los cobradores, es dinero que solo se evapora en intereses super inflados. NO y repito NO entregues bienes!!!! Pues eso lejos de cancelar tu deuda solo la mantiene.
Ahora que halles trabajo junta dinero pero por el momento la prioridad es tu sustento.
Ahora que halles trabajo junta dinero pero por el momento la prioridad es tu sustento.
HADES- Admin 2
-
50
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Re: mi caso con elektra
Para poder demandar se requiere que se tenga:
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
Hermes- Maestro de Maestros
-
59
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