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COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
2 participantes
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COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
VAMOS A DEFINIR UNA VEZ MAS QUE ES EXTRAJUDICIAL PARA LAS PERSONAS NUEVAS QUE LLEGAN Y LES SALEN CON EL CUENTO DE QUE ESTAN EN "COBRANZA EXTRAJUDICIAL"
Y POR DEFICION ES "Que se hace o trata fuera de la vía judicial"
ES DECIR NO TIENE NADA QUE VER CON DEMANDAS, EMBARGOS, JUECES, ACTUARIOS O LO QUE SE LES OCURRA.
LA COBRANZA EXTRAJUDICIAL SON TODOS LOS RECORDATORIOS QUE TE HACEN POR MEDIO DE LLAMADAS, CARTAS, MENSAJES, WHATSAPP PIDIENDO QUE TE PONGAS AL CORRIENTE, ESO ES EXTRAJUDICIAL, NADA TIENE QUE VER CON JUDICIALES O ABOGADOS LLEGANDO A TU DOMICILIO PARA SACAR TUS COSAS.
AHORA SIN EN ESOS RECORDATORIOS TE DICEN QUE TAL DIA TE VAN A EMBARGAR O QUE TU PROCESO YA ESTAN EN LOS JUZGADOS ESTAN COMETIENDO UN DELITO PUES ESTAN ASUMIENDO FACULTADES QUE SOLO UN JUZGADO MERCANTIL TIENE, Y PUEDES DENUNCIARLO O IGNORARLO ASI DE SIMPLE. CHECA LA PAGINA DE LA REDECO [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Y AHI VIENE LO QUE DEBEN Y LO QUE NO DEBEN HACER LOS DESPACHOS DE COBRANZA. COMO SEA AQUI TE LO PONGO:
QUE DEBEN HACER:
Indicar al Deudor, en el primer contacto que establezcan, ya sea por escrito o verbalmente, según sea el caso:
Nombre, denominación o razón social, domicilio y número telefónico del Despacho de Cobranza;
Nombre de las personas que realizan la Cobranza;
Nombre de la Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate;
Contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de Cobranza;
Monto del adeudo y fecha de cálculo;
Requisitos, términos y condiciones para liquidar el adeudo;
Domicilio, Correo Electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la Entidad Financiera que recibirá las Quejas por malas prácticas de Cobranza, y
Que el o los pagos sólo podrán ser realizados a la Entidad Financiera que otorgó el Crédito, préstamo o financiamiento.
Dirigirse al Deudor de manera respetuosa y educada;
Comunicarse o presentarse en días hábiles y en un horario de 8:00 a 21:00 horas, de acuerdo a los husos horarios en que se encuentre el Deudor;
Documentar por escrito con el Deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los Créditos, préstamos o financiamientos; indicando los requisitos, términos y condiciones que permitan identificar la oferta, descuento, condonación o quita, si el acuerdo incluye cualquiera de estos conceptos, así como la aplicación del importe a pagar, desglosando el monto principal, intereses ordinarios, moratorios y en su caso cualquier otro costo que sea exigible de acuerdo al contrato, incluyendo los cálculos respectivos, y si con ello se obtendrá el finiquito o liquidación del adeudo, o sólo se cubrirá un pago parcial; y, señalar el número de cuenta de la Entidad Financiera en el que se realizará el pago, con referencia al número de crédito de que se trate, o en su caso, señalar de forma específica las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que habrá de realizarse el pago del adeudo;
Entregar a la Entidad Financiera, a través de los medios pactados, los documentos que contengan los acuerdos referidos en el anteriormente.
Abstenerse de llevar a cabo malas prácticas de Cobranza.
Tratar los datos personales de conformidad con la normativa aplicable en la materia.
**************************************************************************************************************
QUE NO DEBEN HACER:
Utilizar un nombre o denominación que se asemeje a una institución pública;
Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.
Amenazar, ofender o intimidar al Deudor, familiares, compañeros de trabajo y/o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda;
Se entenderá por amenazar e intimidar, al esto de un posible embargo o acción de Cobranza de manera judicial o extrajudicial, o con actos para infundir miedo y temor, que puede realizarse de forma oral o escrita.
Se entenderá por ofender, a la manifestación de palabras altisonantes, gritos, insultos, desprecios, o humillaciones con palabras o acciones que demeriten la dignidad del Deudor o la persona con quien se realiza la gestión de Cobranza.
Enviar o presentar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad;
Evidenciar al Deudor públicamente, a través de redes sociales, medios de difusión masiva, listas negras, cartelones, o esto, entre otros; así como establecer registros especiales, con lo cual se haga del conocimiento del público la negativa de pago del Deudor;
Indicar una forma distinta de pago a la señalada por la Entidad Financiera, y/o solicitar que el pago del adeudo se realice de manera directa al Despacho de Cobranza;
Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los Deudores;
Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración en el domicilio, teléfono y/o Correo Electrónico distinto al proporcionado por el Deudor, obligado solidario o aval;
Realizar la Cobranza mediante el uso de grabaciones;
Realizar Cobranza de un Crédito ya pagado;
Realizar gestiones de cobro, negociación o reestructuración a personas que no son el Usuario, cliente y/o socio Deudor,
Realizar gestiones de cobro utilizando teléfonos no registrados por la Entidad Financiera en el REDECO.
Y POR DEFICION ES "Que se hace o trata fuera de la vía judicial"
ES DECIR NO TIENE NADA QUE VER CON DEMANDAS, EMBARGOS, JUECES, ACTUARIOS O LO QUE SE LES OCURRA.
LA COBRANZA EXTRAJUDICIAL SON TODOS LOS RECORDATORIOS QUE TE HACEN POR MEDIO DE LLAMADAS, CARTAS, MENSAJES, WHATSAPP PIDIENDO QUE TE PONGAS AL CORRIENTE, ESO ES EXTRAJUDICIAL, NADA TIENE QUE VER CON JUDICIALES O ABOGADOS LLEGANDO A TU DOMICILIO PARA SACAR TUS COSAS.
AHORA SIN EN ESOS RECORDATORIOS TE DICEN QUE TAL DIA TE VAN A EMBARGAR O QUE TU PROCESO YA ESTAN EN LOS JUZGADOS ESTAN COMETIENDO UN DELITO PUES ESTAN ASUMIENDO FACULTADES QUE SOLO UN JUZGADO MERCANTIL TIENE, Y PUEDES DENUNCIARLO O IGNORARLO ASI DE SIMPLE. CHECA LA PAGINA DE LA REDECO [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Y AHI VIENE LO QUE DEBEN Y LO QUE NO DEBEN HACER LOS DESPACHOS DE COBRANZA. COMO SEA AQUI TE LO PONGO:
QUE DEBEN HACER:
Indicar al Deudor, en el primer contacto que establezcan, ya sea por escrito o verbalmente, según sea el caso:
Nombre, denominación o razón social, domicilio y número telefónico del Despacho de Cobranza;
Nombre de las personas que realizan la Cobranza;
Nombre de la Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate;
Contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de Cobranza;
Monto del adeudo y fecha de cálculo;
Requisitos, términos y condiciones para liquidar el adeudo;
Domicilio, Correo Electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la Entidad Financiera que recibirá las Quejas por malas prácticas de Cobranza, y
Que el o los pagos sólo podrán ser realizados a la Entidad Financiera que otorgó el Crédito, préstamo o financiamiento.
Dirigirse al Deudor de manera respetuosa y educada;
Comunicarse o presentarse en días hábiles y en un horario de 8:00 a 21:00 horas, de acuerdo a los husos horarios en que se encuentre el Deudor;
Documentar por escrito con el Deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los Créditos, préstamos o financiamientos; indicando los requisitos, términos y condiciones que permitan identificar la oferta, descuento, condonación o quita, si el acuerdo incluye cualquiera de estos conceptos, así como la aplicación del importe a pagar, desglosando el monto principal, intereses ordinarios, moratorios y en su caso cualquier otro costo que sea exigible de acuerdo al contrato, incluyendo los cálculos respectivos, y si con ello se obtendrá el finiquito o liquidación del adeudo, o sólo se cubrirá un pago parcial; y, señalar el número de cuenta de la Entidad Financiera en el que se realizará el pago, con referencia al número de crédito de que se trate, o en su caso, señalar de forma específica las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que habrá de realizarse el pago del adeudo;
Entregar a la Entidad Financiera, a través de los medios pactados, los documentos que contengan los acuerdos referidos en el anteriormente.
Abstenerse de llevar a cabo malas prácticas de Cobranza.
Tratar los datos personales de conformidad con la normativa aplicable en la materia.
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QUE NO DEBEN HACER:
Utilizar un nombre o denominación que se asemeje a una institución pública;
Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.
Amenazar, ofender o intimidar al Deudor, familiares, compañeros de trabajo y/o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda;
Se entenderá por amenazar e intimidar, al esto de un posible embargo o acción de Cobranza de manera judicial o extrajudicial, o con actos para infundir miedo y temor, que puede realizarse de forma oral o escrita.
Se entenderá por ofender, a la manifestación de palabras altisonantes, gritos, insultos, desprecios, o humillaciones con palabras o acciones que demeriten la dignidad del Deudor o la persona con quien se realiza la gestión de Cobranza.
Enviar o presentar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad;
Evidenciar al Deudor públicamente, a través de redes sociales, medios de difusión masiva, listas negras, cartelones, o esto, entre otros; así como establecer registros especiales, con lo cual se haga del conocimiento del público la negativa de pago del Deudor;
Indicar una forma distinta de pago a la señalada por la Entidad Financiera, y/o solicitar que el pago del adeudo se realice de manera directa al Despacho de Cobranza;
Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los Deudores;
Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración en el domicilio, teléfono y/o Correo Electrónico distinto al proporcionado por el Deudor, obligado solidario o aval;
Realizar la Cobranza mediante el uso de grabaciones;
Realizar Cobranza de un Crédito ya pagado;
Realizar gestiones de cobro, negociación o reestructuración a personas que no son el Usuario, cliente y/o socio Deudor,
Realizar gestiones de cobro utilizando teléfonos no registrados por la Entidad Financiera en el REDECO.
Toño85- Consultor Master
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5803
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
Hola amigo, buenas tardes
Quisiera que me apoyaras, yo le debo a bbva de un préstamo que tome de ellos, el cual ya no pude pagar y me enviaron este correo
Quisiera que me apoyaras, yo le debo a bbva de un préstamo que tome de ellos, el cual ya no pude pagar y me enviaron este correo
Charly Montes- Des-informado
-
6
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Charly Montes- Des-informado
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6
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
Me podrías ayudar toño , además de que no me ofrecen llegar a algún acuerdo
Charly Montes- Des-informado
-
6
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Charly Montes- Des-informado
-
6
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
Charly Montes escribió:Hola amigo, buenas tardes
Quisiera que me apoyaras, yo le debo a bbva de un préstamo que tome de ellos, el cual ya no pude pagar y me enviaron este correo
SON TACTICAS DE COBRANZA, NADA DEL OTRO MUNDO, ESO YA LO HEMOS VISTO MILES DE VECES, NADIE VA IR A TU DOMICILIO NO TE PREOCUPES.
Toño85- Consultor Master
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5803
A Charly Montes le gusta esta publicaciòn
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
Muchas gracias por contestarme de verdad me ha tranquilizado, pero ese despacho de cobranza así trabaja, por que antes eran otros según por bbva, son los de legaxxy, ellos me han llamado a través de una contestadora diciendo que según es tentativa de fraude, si me interesa pagar, pero no cuento con los medios suficientes para poder hacerlo, por favor aconsejarme
Gracias
Gracias
Charly Montes- Des-informado
-
6
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
SEGUIMOS AL PENDIENTE Y DE NO PODER PAGAR TAMPOCO PASA NADA, SOLO QUEDA TÚ NOTA NEGATIVA EN EL BURO POR SEIS AÑOS.
Toño85- Consultor Master
-
5803
A Charly Montes le gusta esta publicaciòn
Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
Hola toño, buenas tardes
Hoy me llego igual el mismo correo que puse en las capturas, si de verdad no me tengo que preocupar, la casa donde vivo es de mis padres y pues no me gustaría que vengan
Hoy me llego igual el mismo correo que puse en las capturas, si de verdad no me tengo que preocupar, la casa donde vivo es de mis padres y pues no me gustaría que vengan
Charly Montes- Des-informado
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Re: COBRANZA EXTRAJUDICIAL ¿QUÉ ES?
NO TENDRÍAN A QUE IR, NINGÚN DESPACHO, JURÍDICO, DEPARTAMENTO DE COBRANZA O CÓMO SE HAGAN LLAMAR NINGUNO ESTÁ FACULTADO PARA RECIBIR PAGOS EN EFECTIVO, SOLO LOS ABONEROS CUANDO SACAS UNA MESA O COLCHAS COSAS ASÍ.
Toño85- Consultor Master
-
5803
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