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le debo a elektra (POST de maricela velazquez)
5 participantes
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le debo a elektra (POST de maricela velazquez)
hola buenas noches una pregunta me llego un papel de elektra donde me quieren a obligar a pagar ya que les deje de pagar porque mi esposos perdio el empleo y mi hijo mayor esta enfermo y me lo van a operar entonces ahora llegan muy prepotentes a decirme que les pago o me van a embargar y que tengo 24 horas para hacer el pago o vienen y van a forzar la chapa y se van a llevar todo entonces quiero saber que puedo hacer mi deuda es por 11852 espero y me puedan ayudar gracias.
maricela velazquez- Des-informado
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2
Re: le debo a elektra (POST de maricela velazquez)
Para que te embargen , primero tendrian que haberte demandado y tu perder el juicio, no te dejes amedrentar por estos tipejos. si llegan a ir a tu casa nunca los dejes entrar , recibelos en la banqueta y si se ponen pesados llama a una patrulla y diles que lo arreglaran en el ministerio publico, te daras cuenta que luego luego se van. Elektra es muy dado a realisar embargos y demandas virtuales, y el que se deja se lo llevan al vaile, dale en donde dice buscar y pon la palabra elektra y te sacara informacion de otras personas en tu misma situacion.
_________________
Comprobar que hay un Dios es muy difícil, pero es mucho más difícil comprobar que no lo hay.
newii007- CONSULTOR MASTER
-
64
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le debo a elektra
maricela velazquez, ademas de lo que te ha dicho newii007 (un fuerte abrazo), lee esto para que veas que un embargo no se hace así nada mas, tiene que cumplir con ciertas formalidades.
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
----------
también lee esto para que estés informada y no te sorprendan.
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Sigue posteando tus dudas y por favor no dejes de informarnos sobre tu caso, ya que importante saber en que estatus se encuentra o en que termino, esto a fin de nutrir el foro y esto ayudará a los nuevos miembros que se unen a este foro.
Mucha suerte en este proceso.
Saludos.
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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Mucha suerte en este proceso.
Saludos.
juan jose lorenzana- Consultor Master
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LE DEBO A ELEKTRA
Estimada maricela velazquez:
Bienvenida a "Paga lo Justo", me apena que estés viviendo momentos difíciles pero con entusiasmo y alegría saldrás avante en tus problemas, en este momento lo más importante es la salud de tu hijo y debes poner todas tus energías y atención para que tu hijo pronto logre su recuperación. Sé que para una madre sus hijos lo son todo por lo mismo te entiendo perfectamente ya que yo tengo también un peque al cual adoro y que daría hasta mi vida por él.
En cuanto a tu deuda con Elektra te recomiendo que no hagas mucho caso es más ni te preocupes en este momento por ellos. Lo primero que debes saber es que nadie te va a embargar ya que para eso primero deben demandarte y es un juez el que podría dar una orden ejecutoria de embargo, pero como ya dije primero deben demandarte. Elektra no puede ser juez y parte o sea que ellos no tienen la facultad de abrir candados y embargar, sólo son amenazas maricela para que pagues de inmediato, tratan de atemorizarte para que salgas a conseguir dinero o vendas tus cosas. Nadie tiene el derecho de tratarte mal por lo que si se ponen pesados ni les abras es más ni contestes por ahora sus llamadas impertinentes, si llegan a tu casa y tocan el portón de una forma grosera puedes llamar a una patrulla y acusarlos de amenazas y extorsión y que quieren ingresar a tu casa para llevarse tus cosas, y maricela a esto se le llama robo y si pueden llevárselos a la cárcel. Recuerda somos deudores no delincuentes y nos deben tratar con respeto. Por deudas monetarias no hay cárcel entonces si te mencionan las palabras embargo y encarcelamiento mándalos a volar.
Te deseo lo mejor para ti y tu familia y sobre todo que tu hijo recupere lo más pronto su salud.
Saludos y nos seguimos leyendo.
Pd. Si deseas expresar tus dudas o comentarios te pido que sigas este mismo hilo, te vas al final de la hoja y encontrarás un recuadro en rojo que dice "Responder" das click y aparecerá una ventana que dice "Publicar una respuesta", de esta forma no se perderá tu post.
Bienvenida a "Paga lo Justo", me apena que estés viviendo momentos difíciles pero con entusiasmo y alegría saldrás avante en tus problemas, en este momento lo más importante es la salud de tu hijo y debes poner todas tus energías y atención para que tu hijo pronto logre su recuperación. Sé que para una madre sus hijos lo son todo por lo mismo te entiendo perfectamente ya que yo tengo también un peque al cual adoro y que daría hasta mi vida por él.
En cuanto a tu deuda con Elektra te recomiendo que no hagas mucho caso es más ni te preocupes en este momento por ellos. Lo primero que debes saber es que nadie te va a embargar ya que para eso primero deben demandarte y es un juez el que podría dar una orden ejecutoria de embargo, pero como ya dije primero deben demandarte. Elektra no puede ser juez y parte o sea que ellos no tienen la facultad de abrir candados y embargar, sólo son amenazas maricela para que pagues de inmediato, tratan de atemorizarte para que salgas a conseguir dinero o vendas tus cosas. Nadie tiene el derecho de tratarte mal por lo que si se ponen pesados ni les abras es más ni contestes por ahora sus llamadas impertinentes, si llegan a tu casa y tocan el portón de una forma grosera puedes llamar a una patrulla y acusarlos de amenazas y extorsión y que quieren ingresar a tu casa para llevarse tus cosas, y maricela a esto se le llama robo y si pueden llevárselos a la cárcel. Recuerda somos deudores no delincuentes y nos deben tratar con respeto. Por deudas monetarias no hay cárcel entonces si te mencionan las palabras embargo y encarcelamiento mándalos a volar.
Te deseo lo mejor para ti y tu familia y sobre todo que tu hijo recupere lo más pronto su salud.
Saludos y nos seguimos leyendo.
Pd. Si deseas expresar tus dudas o comentarios te pido que sigas este mismo hilo, te vas al final de la hoja y encontrarás un recuadro en rojo que dice "Responder" das click y aparecerá una ventana que dice "Publicar una respuesta", de esta forma no se perderá tu post.
SOLEDAD AGUILAR GALVÁN- Consultor Sr.
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1027
tube una llamada
buenas noches saludos tengo una duda del prestamo que pedi en elektra ya no han venido los cobradores pero ahora recibi una llamada donde me dijeron que era un lic. extra judicial el cual despues me dijo que era de un despacho externo que tenia que presentarme en las oficinas para llegar a un acuerdo y si no me presentaba lo iban a tomar como negativa y procederian a un embargo en mi domicilio que tengo que hacer espero su respuesta
gracias
gracias
maricela velazquez- Des-informado
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2
Re: le debo a elektra (POST de maricela velazquez)
Hola maricela velazquez, no hagas caso de esas falsas amenazas. Son mentiras para asustarnos y que corramos a vender nuestra alma al diablo para pagarles.
Lee este link para que te tranquilices. [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Por otro lado, abriste un nuevo hilo de tu tema y eso no es conveniente porque los compañeros foristas no pueden darle seguimiento adecuadamente a tu caso.
Te recomiendo que todas las preguntas que hagas las realices desde tu primer post.
Tu primer post fue [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Debes de hacer todas tus preguntas desde ese post dándole click a responder (aunque seas tu misma).
Si quieres exponer otro caso, hacer una aportación, queja, sugerencia, etc, le das click a un nuevo hilo en el apartado correspondiente.
En cuanto me respondas a este post, voy a fusionar este mensaje tuyo con tu post original.
Saludos.
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Por otro lado, abriste un nuevo hilo de tu tema y eso no es conveniente porque los compañeros foristas no pueden darle seguimiento adecuadamente a tu caso.
Te recomiendo que todas las preguntas que hagas las realices desde tu primer post.
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Debes de hacer todas tus preguntas desde ese post dándole click a responder (aunque seas tu misma).
Si quieres exponer otro caso, hacer una aportación, queja, sugerencia, etc, le das click a un nuevo hilo en el apartado correspondiente.
En cuanto me respondas a este post, voy a fusionar este mensaje tuyo con tu post original.
Saludos.
_________________
La deuda más importante que tengo, nunca la podré pagar con dinero, la deuda más importante que tengo, es con la persona que más quiero.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
GALENO- Consultor Master
-
65
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