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debo en coppel
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debo en coppel
Hola, soy Nuevo en el foro. Quiero Que me asesoren ya Que tengo una deuda en coppel iba muy bien con mi credito lo mantuve asi 3 años pero de pronto ya no pude pagarles y ahora debo $25000 Han ido de parte de coppel a mi casa a dejar avisos de Que pague, pero no he estado a la Que le dicen es a mi mama que me van a embargar o Que hasta la carcel me pueden llevar quiero saber Que tan cierto puede ser y como puedo negociar para pagarles ya que no puedo pagar mucho de UN jalon porque tengo otros creditos con los Que si estoy al corriente y son mas importantes Que coppelsaludos
omegaozkr- Des-informado
-
1
debo en coppel
omegaozkr,bienvenido a paga lo justo. Aunque el embargo es un derecho del acreedor este es un proceso largo,costoso y tedioso, por lo que regularmente prefieren negociar con nosotros los deudores, en cuanto a llevarte a la cárcel eso si esta complicado porque no hay cárcel por deber dinero y eso esta escrito en la Constitución de nuestro País.
Lo que tienes que hacer para salir de esta deuda, es ahorrar lo mas que puedas y cuando tengas ahorrado lo que consideres justo, entonces te pones de acuerdo con coppel o con el despacho que tenga tu cuenta y negocias con ellos, eso si con una carta convenio o un convenio de pago, sin esta carta no deposites un centavo porque todo tiene que ser por escrito para que no haya sorpresas después.
Por lo pronto puedes leer esto que nos dejo:
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
----------
También puedes ir leyendo esto:
COMO DEBES DE SOLICITAR TUS CARTAS CONVENIO.
ZEUS ESCRIBIÓ:
ESTE ES EL MACHOTE DE UNA CARTA CONVENIO
------------------------- C A R T A C O N V E N I O --------------------------------
MEMBRETE DEL DESPACHO CON DIRECCIÓN Y NÚMEROS TELEFÓNICOS
MÉXICO, D.F. A 21 DE OCTUBRE DE 2010.
CARTA CONVENIO
O
CONVENIO DE PAGO
NOMBRE DEL TITULAR: XXXXXXXXXXXXXXX
NÚMERO DE CUENTA: XXXXXXXXXXXXXXX
FOLIO: XXXXXXX
SALDOTOTAL A LA FECHA: $$$,$$$.00 PESOS MN.
POR MEDIO DEL PRESENTE CONVENIO, SE HACE CONSTAR QUE EL CLIENTE DE REFERENCIA, EFECTUARÁ UN PAGO A "NOMBRE DEL ACREEDOR INSTITUCIÓN BANCARIA TIENDA DEPARTAMENTAL, ETC." , POR LA CANTIDAD DE $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS00/00 MN.), DE LA SIGUIENTE MANERA:
1 SOLO PAGO POR LA CANTIDAD DE $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MN) EL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 2010.
PARA SER ABONADO AL CRÉDITO DE REFERENCIA, CON EL FÍN DE QUE "NOMBRE DEL ACREEDOR INSTITUCIÓN BANCARIA TIENDA DEPARTAMENTAL, ETC." PROCEDA A OTORGAR LA QUITA OFRECIDA DEL SALDO REMANENTE Y OTORGUE EL DOCUMENTO QUE AVALE LA LIQUIDACIÓN TOTAL
(CARTA FINIQUITO) DEL CITADO CRÈDITO, ASÍ COMO, LA MODIFICACIÓN DE LA
CALIFICACIÓN DEL BURÓ DE CRÉDITO A CUENTA AL CORRIENTE O MOP1.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN LA(S) FECHA(S) Y/O CANTIDAD(ES) ARRIBA
ESTIPULADAS, EL PRESENTE QUEDA SIN EFECTO, ACREDITÁNDOSE EL O LOS PAGOS
COMO PAGO PARCIAL AL CRÉDITO.
LA PRESENTE SE EXPIDE PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.
A T E N T A M E N T E
_______________________________
MAURICIO CAÑAS TEJEDA
GERENTE DE AREA BANCOMER.
SERVICIOSTECNICOS DE COBRANZA S.A DE C.V.
LA CARTA CONVENIO
Mensaje AQUILES el Jue 18 Feb 2010 - 21:28
COMO DEBES DE SOLICITAR TUS CARTAS CONVENIO.
Al llevar a cabo una negociación, hay que SOLICITAR LA CARTA CONVENIO debidamente requisitada, y que en el texto se mencione que el documento es: "CARTA CONVENIO", y se manifieste que con la cantidad de $XXXX, el saldo registrado en el Banco quedará totalmente pagado, y sin saldo remanente que cobrar posteriormente en la Tarjeta o Crédito Número XXXXXXXXX.
Aunque los despachos siempre te digan que solo tienes determinada fecha limite para efectuar el pago, no debemos de caer en su trampa, pues si no se ha hecho llegar el convenio respectivo, NO SE COMPROMETA A EFECTUAR PAGO ALGUNO, HASTA TENER EN SUS MANOS EL CONVENIO REQUISITADO EN SUS TERMINOS, POR LO QUE SERA NECESARIO SOLICITAR EL TIEMPO QUE CONSIDERE PERTINENTE, A FIN DE VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE LO OFRECIDO POR EL DESPACHO, Y LOS TERMINOS MANIFESTADOS EN EL CONVENIO.
Si al recibir la carta convenio encuentra que no reúne las condiciones expresadas, reclame dicha omisión al despacho de procedencia, para que modifique el contenido, teniendo especial cuidado en EVITAR NEGOCIACIONES APRESURADAS, porque pudieran surgir complicaciones al concretar pagos y con ello, correr riesgos innecesarios, tales como, el registro del saldo remanente que pudiera ser requerido para su cobro en lo futuro por otra agencia de cobranza. Por eso es importante revisar bien el contenido del texto, y que se detallen los requisitos explicados en el presente.
Se sugiere hablar a la institución acreedora para informarse si efectivamente ellos AVALAN EL CONVENIO, documento que deberá estar en carta membretada y firmada por el representante del despacho, deberá de especificar el numero de días,en que le otorgaran la carta finiquito correspondiente expedido por el Banco.
No olviden que estamos aquí con la mejor disposición de colaborar al respecto y apoyarlos con la información necesaria, ayudándoles a revisar las cartas que reciban, para que se logre la mejor negociación y por lo consiguiente puedan realizar el pago en su momento.
Adicional a esto, te invito a que sigas leyendo en el foro lo más que puedas para que sepas como manejar tu situación.
Cualquier duda posteala con toda confianza, siempre habrá alguien que te pueda responder.
Saludos.
Lo que tienes que hacer para salir de esta deuda, es ahorrar lo mas que puedas y cuando tengas ahorrado lo que consideres justo, entonces te pones de acuerdo con coppel o con el despacho que tenga tu cuenta y negocias con ellos, eso si con una carta convenio o un convenio de pago, sin esta carta no deposites un centavo porque todo tiene que ser por escrito para que no haya sorpresas después.
Por lo pronto puedes leer esto que nos dejo:
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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También puedes ir leyendo esto:
COMO DEBES DE SOLICITAR TUS CARTAS CONVENIO.
ZEUS ESCRIBIÓ:
ESTE ES EL MACHOTE DE UNA CARTA CONVENIO
------------------------- C A R T A C O N V E N I O --------------------------------
MEMBRETE DEL DESPACHO CON DIRECCIÓN Y NÚMEROS TELEFÓNICOS
MÉXICO, D.F. A 21 DE OCTUBRE DE 2010.
CARTA CONVENIO
O
CONVENIO DE PAGO
NOMBRE DEL TITULAR: XXXXXXXXXXXXXXX
NÚMERO DE CUENTA: XXXXXXXXXXXXXXX
FOLIO: XXXXXXX
SALDOTOTAL A LA FECHA: $$$,$$$.00 PESOS MN.
POR MEDIO DEL PRESENTE CONVENIO, SE HACE CONSTAR QUE EL CLIENTE DE REFERENCIA, EFECTUARÁ UN PAGO A "NOMBRE DEL ACREEDOR INSTITUCIÓN BANCARIA TIENDA DEPARTAMENTAL, ETC." , POR LA CANTIDAD DE $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS00/00 MN.), DE LA SIGUIENTE MANERA:
1 SOLO PAGO POR LA CANTIDAD DE $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MN) EL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 2010.
PARA SER ABONADO AL CRÉDITO DE REFERENCIA, CON EL FÍN DE QUE "NOMBRE DEL ACREEDOR INSTITUCIÓN BANCARIA TIENDA DEPARTAMENTAL, ETC." PROCEDA A OTORGAR LA QUITA OFRECIDA DEL SALDO REMANENTE Y OTORGUE EL DOCUMENTO QUE AVALE LA LIQUIDACIÓN TOTAL
(CARTA FINIQUITO) DEL CITADO CRÈDITO, ASÍ COMO, LA MODIFICACIÓN DE LA
CALIFICACIÓN DEL BURÓ DE CRÉDITO A CUENTA AL CORRIENTE O MOP1.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN LA(S) FECHA(S) Y/O CANTIDAD(ES) ARRIBA
ESTIPULADAS, EL PRESENTE QUEDA SIN EFECTO, ACREDITÁNDOSE EL O LOS PAGOS
COMO PAGO PARCIAL AL CRÉDITO.
LA PRESENTE SE EXPIDE PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.
A T E N T A M E N T E
_______________________________
MAURICIO CAÑAS TEJEDA
GERENTE DE AREA BANCOMER.
SERVICIOSTECNICOS DE COBRANZA S.A DE C.V.
LA CARTA CONVENIO
Mensaje AQUILES el Jue 18 Feb 2010 - 21:28
COMO DEBES DE SOLICITAR TUS CARTAS CONVENIO.
Al llevar a cabo una negociación, hay que SOLICITAR LA CARTA CONVENIO debidamente requisitada, y que en el texto se mencione que el documento es: "CARTA CONVENIO", y se manifieste que con la cantidad de $XXXX, el saldo registrado en el Banco quedará totalmente pagado, y sin saldo remanente que cobrar posteriormente en la Tarjeta o Crédito Número XXXXXXXXX.
Aunque los despachos siempre te digan que solo tienes determinada fecha limite para efectuar el pago, no debemos de caer en su trampa, pues si no se ha hecho llegar el convenio respectivo, NO SE COMPROMETA A EFECTUAR PAGO ALGUNO, HASTA TENER EN SUS MANOS EL CONVENIO REQUISITADO EN SUS TERMINOS, POR LO QUE SERA NECESARIO SOLICITAR EL TIEMPO QUE CONSIDERE PERTINENTE, A FIN DE VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE LO OFRECIDO POR EL DESPACHO, Y LOS TERMINOS MANIFESTADOS EN EL CONVENIO.
Si al recibir la carta convenio encuentra que no reúne las condiciones expresadas, reclame dicha omisión al despacho de procedencia, para que modifique el contenido, teniendo especial cuidado en EVITAR NEGOCIACIONES APRESURADAS, porque pudieran surgir complicaciones al concretar pagos y con ello, correr riesgos innecesarios, tales como, el registro del saldo remanente que pudiera ser requerido para su cobro en lo futuro por otra agencia de cobranza. Por eso es importante revisar bien el contenido del texto, y que se detallen los requisitos explicados en el presente.
Se sugiere hablar a la institución acreedora para informarse si efectivamente ellos AVALAN EL CONVENIO, documento que deberá estar en carta membretada y firmada por el representante del despacho, deberá de especificar el numero de días,en que le otorgaran la carta finiquito correspondiente expedido por el Banco.
No olviden que estamos aquí con la mejor disposición de colaborar al respecto y apoyarlos con la información necesaria, ayudándoles a revisar las cartas que reciban, para que se logre la mejor negociación y por lo consiguiente puedan realizar el pago en su momento.
Adicional a esto, te invito a que sigas leyendo en el foro lo más que puedas para que sepas como manejar tu situación.
Cualquier duda posteala con toda confianza, siempre habrá alguien que te pueda responder.
Saludos.
juan jose lorenzana- Consultor Master
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