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¿Que hacer cuando me llama un despacho?
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¿Que hacer cuando me llama un despacho?
Primero calmarse, por experiencia sabemos que los cobradores que nos llaman en su mayoria son muchachos muy jovenes que no son licenciados, sino cobradores, asi se autodenominen gestores, recuperadores de cartera y otros terminos domingueros que de pronto escuchamos.
La persona que esta al otro lado de la linea se encuentra en lo que se conoce como un call center, osea un lugar con muchos modulos apenas divididos por un cancel y las llamadas se generan en automatico por un programa automatizado del mismo call center, de tal suerte que, durante los primeros dias llamaran una y otra vez para localizar a alguien hasta que se les conteste, en otras palabras, el sistema esta tratando de ubicar la fecha y hora estadisticamente en que son atendidas las llamadas al numero para hacer mas eficiente el cobro (esto segun la estrategia de los despachos de cobranza).
Osea, esto no debe ser nada personal, simplemente el cobrador esta haciendo su labor, la cosa es que no se salga del parametro, que lo trate con respeto y cortesia, mientras esto suceda asi no habra mayor problema.
Asi que si los primeros dias le llaman a toda hora, serenese, solo conteste una vez, exponga su situacion de manera tal que acepte y reconozca el adeudo y que esta en la mejor disposicion de pagarlo, mas por el momento no cuenta con el efectivo para hacerlo; no entre en detalles, eso al cobrador no le interesa, el lo que desea es cobrarle pues por el monto que logre recuperar del adeudo el se llevara un porcentaje de comision, osea, si en esa llamada no recupera el no gana nada, asi de simple.
Ahora bien, ya contesto y no es necesario que descuelgue la bocina y les vuelva a dar la misma explicacion una y otra vez cada que le llamen, esto es altamente estresante para usted, recuerde es usted deudor no delincuente.
Como bien esta escrito antes, las llamadas las genera un sistema automatizado, por tanto en un solo dia pueden llamarle una persona diferente cada hora para solicitarle el mismo pago del mismo adeudo.
Solucion propuesta, calmese, consigase un identificador de llamadas, identifique el numero del que le llaman y solo conteste una vez cada semana o cada quince dias, por tanto hagase de un plan de ahorro para que en el momento en que el banco le ofrezca liquidar con una quita, y usted este en posibilidades de aceptar y liquidar su cuenta.
Si bien, estas llamadas son generadas por el despacho al que el banco le encomendo temporalmente la tarea de la cobranza, el acreedor original sigue siendo el dueño de su adeudo ( por tarjeta de credito o prestamo personal bancario), de tal forma que lo unico que puede hacer el despacho es seguirle llamando para solicitarle el pago, el despacho no puede requerirle el pago via judicial porque no es el dueño de la deuda, tampoco puede amenazarlo, no puede ni debe presentarse a su domicilio para querer sacar muebles o aparatos que garanticen el adeudo, no puede tomar fotografias o ingresar siquiera a su domicilio sin su consentimiento.
Como he descrito antes, solo puede requerirle el pago via telefonica de buena forma o en su caso si puede hacer una visita a su domicilio pero sin ingresar a su casa si usted no lo desea; y lo unico que puede hacer cuando lo visite es lo mismo que por telefono, tratar de que usted pague y con modos; nunca permita que lo intimiden ni proporcione datos personales como ingresos familiares, domicilio de su trabajo, telefono o celulares.
Toda la informacion que el cobrador necesita la tiene el sistema capturada, solo en el caso que usted se haya cambiado de casa o tenga un numero telefonico diferente al que resgistro en el banco, es conveniente proporcionarlo para conservar una via de comunicacion efectiva con su acreedor.
En un lapso aproximado de tres meses el banco cambia de despacho al no conseguir que el deudor liquide su adeudo, y lo turnan a un nuevo despacho. La estrategia a seguir es la misma, los primeros dias llamaran mas seguido y poco a poco la frecuencia ira disminuyendo, eso si, la quita (descuento) ira en aumento con el paso del tiempo, solo no olvide hacer su plan de ahorro personal para poder liquidar.
Asi que, no tema, un deudor informado que conoce perfectamente sus derechos no puede ser intimidado ni amenazado por nadie.
Continuara,,,
La persona que esta al otro lado de la linea se encuentra en lo que se conoce como un call center, osea un lugar con muchos modulos apenas divididos por un cancel y las llamadas se generan en automatico por un programa automatizado del mismo call center, de tal suerte que, durante los primeros dias llamaran una y otra vez para localizar a alguien hasta que se les conteste, en otras palabras, el sistema esta tratando de ubicar la fecha y hora estadisticamente en que son atendidas las llamadas al numero para hacer mas eficiente el cobro (esto segun la estrategia de los despachos de cobranza).
Osea, esto no debe ser nada personal, simplemente el cobrador esta haciendo su labor, la cosa es que no se salga del parametro, que lo trate con respeto y cortesia, mientras esto suceda asi no habra mayor problema.
Asi que si los primeros dias le llaman a toda hora, serenese, solo conteste una vez, exponga su situacion de manera tal que acepte y reconozca el adeudo y que esta en la mejor disposicion de pagarlo, mas por el momento no cuenta con el efectivo para hacerlo; no entre en detalles, eso al cobrador no le interesa, el lo que desea es cobrarle pues por el monto que logre recuperar del adeudo el se llevara un porcentaje de comision, osea, si en esa llamada no recupera el no gana nada, asi de simple.
Ahora bien, ya contesto y no es necesario que descuelgue la bocina y les vuelva a dar la misma explicacion una y otra vez cada que le llamen, esto es altamente estresante para usted, recuerde es usted deudor no delincuente.
Como bien esta escrito antes, las llamadas las genera un sistema automatizado, por tanto en un solo dia pueden llamarle una persona diferente cada hora para solicitarle el mismo pago del mismo adeudo.
Solucion propuesta, calmese, consigase un identificador de llamadas, identifique el numero del que le llaman y solo conteste una vez cada semana o cada quince dias, por tanto hagase de un plan de ahorro para que en el momento en que el banco le ofrezca liquidar con una quita, y usted este en posibilidades de aceptar y liquidar su cuenta.
Si bien, estas llamadas son generadas por el despacho al que el banco le encomendo temporalmente la tarea de la cobranza, el acreedor original sigue siendo el dueño de su adeudo ( por tarjeta de credito o prestamo personal bancario), de tal forma que lo unico que puede hacer el despacho es seguirle llamando para solicitarle el pago, el despacho no puede requerirle el pago via judicial porque no es el dueño de la deuda, tampoco puede amenazarlo, no puede ni debe presentarse a su domicilio para querer sacar muebles o aparatos que garanticen el adeudo, no puede tomar fotografias o ingresar siquiera a su domicilio sin su consentimiento.
Como he descrito antes, solo puede requerirle el pago via telefonica de buena forma o en su caso si puede hacer una visita a su domicilio pero sin ingresar a su casa si usted no lo desea; y lo unico que puede hacer cuando lo visite es lo mismo que por telefono, tratar de que usted pague y con modos; nunca permita que lo intimiden ni proporcione datos personales como ingresos familiares, domicilio de su trabajo, telefono o celulares.
Toda la informacion que el cobrador necesita la tiene el sistema capturada, solo en el caso que usted se haya cambiado de casa o tenga un numero telefonico diferente al que resgistro en el banco, es conveniente proporcionarlo para conservar una via de comunicacion efectiva con su acreedor.
En un lapso aproximado de tres meses el banco cambia de despacho al no conseguir que el deudor liquide su adeudo, y lo turnan a un nuevo despacho. La estrategia a seguir es la misma, los primeros dias llamaran mas seguido y poco a poco la frecuencia ira disminuyendo, eso si, la quita (descuento) ira en aumento con el paso del tiempo, solo no olvide hacer su plan de ahorro personal para poder liquidar.
Asi que, no tema, un deudor informado que conoce perfectamente sus derechos no puede ser intimidado ni amenazado por nadie.
Continuara,,,
EUTERPE- Maestro de Maestros
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381
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
PARA: ADMINISTRACION
Esta muy bueno el articulo pero creo que hay que ponerlo en la seccion de manejo de despachos para que se lea mas.
Gracias
Esta muy bueno el articulo pero creo que hay que ponerlo en la seccion de manejo de despachos para que se lea mas.
Gracias
HADES- Admin 2
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50
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¿ Que hacer cuando me llama un despacho? Parte II
La cobranza por parte de despachos se lleva a cabo por personal contratado por tiempos en un call center del mismo despacho, razon por la cual al contestar pareciera que esta usted hablando con una maquina mas que con una persona.
Esto, entre otras cosas se debe a que estas personas tienen a la vista en una pantalla toda la informacion que usted proporciono al banco en el momento que realizo el contrato de apertura de su credito, siendo asi, estas personas trataran en este orden de verificar y actualizar la siguiente informacion:
1.- Nombre completo del titular de la cuenta
2.- Direccion domicilio actual y de trabajo
3.- Numero telefonico domicilio y trabajo
Si usted no ha cambiado su domicilio ni su telefono, no es necesario que les de los datos de su trabajo, ya que de hacerlo comenzaran las llamadas al mismo o a su celular en caso de que se los proporcione.
Algunos despachos al no obtener resultados de las llamadas que le hace al domicilio optan por llamar de igual forma a sus referencias, es decir, aquellas personas que registro en el contrato de credito simple que celebro con el banco ( apertura de credito); sin embargo nadie absolutamente puede obligar a sus referencias a dar informacion sobre usted y mucho menos cobrarle un adeudo que es suyo, ellos solo fueron requeridos en el contrato como referencia para constatar que son reales los datos que usted proporciono al banco, las referencias no son avales y por tanto no tienen ninguna responsabilidad sobre su adeudo, es decir a ellos no les pueden cobrar su deuda.
Ellos de ninguna forma deben ser molestados ni en su domicilio o trabajo telefonicamente o en persona, eso es acoso y en el caso de que cualquier cobrador lo intente estara cometiendo una falta, en otras palabras eso si es delito.
Lo que puede usted hacer en caso de que alguna de sus referencias se queje de acoso por parte de algun despacho que intente cobrarle es en primera instancia acudir a Condusef para que modere el proceder de este despacho ya que estara faltando al codigo de etica que les rige; en el caso que no se logre por esta via se tendra que levantar una acta por la via del ministerio publico por acoso y lo que resulte; esta ultima es una medida drastica pero efectiva. Usted no ha cometido ningun delito al incumplir con el pago de una deuda de caracter civil, sin embargo ellos si quebrantan el espacio de una persona al acosarle.
Otro de los argumentos utilizados por los cobradores ya sea via telefonica o en visita domiciliaria es el decirle que es usted sujeto de una pena corporal por no pagar (carcel), esto es mentira ya que, por deudas de caracter civil usted nunca ameritara una sancion de este tipo; a lo mas que puede llegar el acreedor original ( no el despacho sino el banco) es a demandarlo mediante la celebracion de un juicio en el que tendra que demostrar con argumentos validos que usted debe la cantidad que es requerida, que tiene con que pagar ( ya sea bienes o efectivo) y tendra en su caso que esperar la sentencia para poder cobrarle ( o proceder al embargo); en este ultimo caso tendria tambien que ver si realmente cuenta con la solvencia para hacerlo, ya que de no ser asi, por mas que intente, si usted no tiene bienes embargables y no tiene trabajo ni liquidez ¿con que le va a cobrar?. En estos casos lo mas viable es un acuerdo para pagar en el plazo que fije el mismo juzgado una vez que el banco demuestre el adeudo y este sera de acuerdo a su capacidad real de pago. Recuerde:
En este pais nadie esta obligado a lo imposible.
Si usted esta interesado en esta pagina es porque tiene un adeudo con el banco del cual esta totalmente consciente y que esta en la mejor disposicion de liquidarlo solo que no sabe como, es decir, usted esta buscando una forma de resolver su deuda, lo unico que necesita es tiempo y por eso es que aqui le damos las mejores estrategias para ayudarle.
Otra de las frases comunes que utilizan los despachos, es decirle que usted ha cometido un fraude al deber y no pagar; esto que le dicen es mentira.
Si los datos que usted proporciono en la apertura de su credito son verdaderos no ha cometido usted ningun fraude, ya que el acreedor original (banco), estaba consciente de que realmente era usted quien hizo la solicitud y firmo, en tanto usted no proporciono datos falsos para que le fuera otorgado el credito, es decir, no altero su nombre, ni domicilio, ni presento documentos apocrifos para comprobar sus ingresos.
El banco es co-responsable de su situacion ya que en este caso, debe hacer un analisis minucioso sobre cual es su capacidad real de pago, y si no lo hizo entonces es problema de ambos ya que usted quiza obtuvo una linea de credito que rebasa por mucho su capacidad de pago, quiza esta sea una de las razones por la que usted cayo en cartera vencida, mas esto no significa que haya cometido un fradude.
Como podra observar, los despachos con tal de cobrar su comision por lo recuperado de cada cuenta son capaces de generar argumentos absurdos y a veces inverosimiles.
Su deber como deudor es responsabilizarse de su adeudo si pero sin caer en el sucio juego de los despachos.
Nunca permita que le pregunten cosas personales, pues esa es la puerta abierta hacia la intimidacion y la falta de respeto hacia usted y su familia, los despachos tampoco pueden ni deben cobrarle a un menor o una persona de la tecera edad.
Las personas que le llaman tienen toda la informacion que el banco les proporciono sobre la cuenta, lo demas no es de su incumbencia, ni donde usted trabaje, ni lo que gane, ni en que lo gasta. No deje que lo envuelvan con esto.
Las personas que le llaman tienen un argumento para negociar no mayor a dos cuartas que le da el despacho y lo estan viendo constantemente mientras transcurre la llamada con usted y no salen de ahi, asi que toda la historia que usted le pueda contar no les hara cambiar su posicion, para ellos es, o me pagas o no gano nada.
Usted, como lo he comentado antes lo que necesita es tiempo para reunir una cantidad para liquidar y su acreedor es precisamente lo que no quiere darle pues sabe que terminaran negociando a pagar una cantidad menor y eso es lo que quiere evitar.
No olvide que usted le debe al banco, no al despacho, ellos solamente intentan hacer la labor de cobranza, pero no deben excederse en ella, si no lo consiguen la cuenta regresa al banco para requerirle el pago.
Por ultimo, no olvide su plan de ahorro personal, pues todos estos tips son para que usted logre ese tiempo en el que bien puede reunir la cantidad para liberarse de su adeudo.
Y recuerde, no esta solo en esto, en el pais hay miles que como usted por multiples razones se han converido en deudores de la banca y ahora saben que hay forma de salir, solo hace falta paciencia y determinacion. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Esto, entre otras cosas se debe a que estas personas tienen a la vista en una pantalla toda la informacion que usted proporciono al banco en el momento que realizo el contrato de apertura de su credito, siendo asi, estas personas trataran en este orden de verificar y actualizar la siguiente informacion:
1.- Nombre completo del titular de la cuenta
2.- Direccion domicilio actual y de trabajo
3.- Numero telefonico domicilio y trabajo
Si usted no ha cambiado su domicilio ni su telefono, no es necesario que les de los datos de su trabajo, ya que de hacerlo comenzaran las llamadas al mismo o a su celular en caso de que se los proporcione.
Algunos despachos al no obtener resultados de las llamadas que le hace al domicilio optan por llamar de igual forma a sus referencias, es decir, aquellas personas que registro en el contrato de credito simple que celebro con el banco ( apertura de credito); sin embargo nadie absolutamente puede obligar a sus referencias a dar informacion sobre usted y mucho menos cobrarle un adeudo que es suyo, ellos solo fueron requeridos en el contrato como referencia para constatar que son reales los datos que usted proporciono al banco, las referencias no son avales y por tanto no tienen ninguna responsabilidad sobre su adeudo, es decir a ellos no les pueden cobrar su deuda.
Ellos de ninguna forma deben ser molestados ni en su domicilio o trabajo telefonicamente o en persona, eso es acoso y en el caso de que cualquier cobrador lo intente estara cometiendo una falta, en otras palabras eso si es delito.
Lo que puede usted hacer en caso de que alguna de sus referencias se queje de acoso por parte de algun despacho que intente cobrarle es en primera instancia acudir a Condusef para que modere el proceder de este despacho ya que estara faltando al codigo de etica que les rige; en el caso que no se logre por esta via se tendra que levantar una acta por la via del ministerio publico por acoso y lo que resulte; esta ultima es una medida drastica pero efectiva. Usted no ha cometido ningun delito al incumplir con el pago de una deuda de caracter civil, sin embargo ellos si quebrantan el espacio de una persona al acosarle.
Otro de los argumentos utilizados por los cobradores ya sea via telefonica o en visita domiciliaria es el decirle que es usted sujeto de una pena corporal por no pagar (carcel), esto es mentira ya que, por deudas de caracter civil usted nunca ameritara una sancion de este tipo; a lo mas que puede llegar el acreedor original ( no el despacho sino el banco) es a demandarlo mediante la celebracion de un juicio en el que tendra que demostrar con argumentos validos que usted debe la cantidad que es requerida, que tiene con que pagar ( ya sea bienes o efectivo) y tendra en su caso que esperar la sentencia para poder cobrarle ( o proceder al embargo); en este ultimo caso tendria tambien que ver si realmente cuenta con la solvencia para hacerlo, ya que de no ser asi, por mas que intente, si usted no tiene bienes embargables y no tiene trabajo ni liquidez ¿con que le va a cobrar?. En estos casos lo mas viable es un acuerdo para pagar en el plazo que fije el mismo juzgado una vez que el banco demuestre el adeudo y este sera de acuerdo a su capacidad real de pago. Recuerde:
En este pais nadie esta obligado a lo imposible.
Si usted esta interesado en esta pagina es porque tiene un adeudo con el banco del cual esta totalmente consciente y que esta en la mejor disposicion de liquidarlo solo que no sabe como, es decir, usted esta buscando una forma de resolver su deuda, lo unico que necesita es tiempo y por eso es que aqui le damos las mejores estrategias para ayudarle.
Otra de las frases comunes que utilizan los despachos, es decirle que usted ha cometido un fraude al deber y no pagar; esto que le dicen es mentira.
Si los datos que usted proporciono en la apertura de su credito son verdaderos no ha cometido usted ningun fraude, ya que el acreedor original (banco), estaba consciente de que realmente era usted quien hizo la solicitud y firmo, en tanto usted no proporciono datos falsos para que le fuera otorgado el credito, es decir, no altero su nombre, ni domicilio, ni presento documentos apocrifos para comprobar sus ingresos.
El banco es co-responsable de su situacion ya que en este caso, debe hacer un analisis minucioso sobre cual es su capacidad real de pago, y si no lo hizo entonces es problema de ambos ya que usted quiza obtuvo una linea de credito que rebasa por mucho su capacidad de pago, quiza esta sea una de las razones por la que usted cayo en cartera vencida, mas esto no significa que haya cometido un fradude.
Como podra observar, los despachos con tal de cobrar su comision por lo recuperado de cada cuenta son capaces de generar argumentos absurdos y a veces inverosimiles.
Su deber como deudor es responsabilizarse de su adeudo si pero sin caer en el sucio juego de los despachos.
Nunca permita que le pregunten cosas personales, pues esa es la puerta abierta hacia la intimidacion y la falta de respeto hacia usted y su familia, los despachos tampoco pueden ni deben cobrarle a un menor o una persona de la tecera edad.
Las personas que le llaman tienen toda la informacion que el banco les proporciono sobre la cuenta, lo demas no es de su incumbencia, ni donde usted trabaje, ni lo que gane, ni en que lo gasta. No deje que lo envuelvan con esto.
Las personas que le llaman tienen un argumento para negociar no mayor a dos cuartas que le da el despacho y lo estan viendo constantemente mientras transcurre la llamada con usted y no salen de ahi, asi que toda la historia que usted le pueda contar no les hara cambiar su posicion, para ellos es, o me pagas o no gano nada.
Usted, como lo he comentado antes lo que necesita es tiempo para reunir una cantidad para liquidar y su acreedor es precisamente lo que no quiere darle pues sabe que terminaran negociando a pagar una cantidad menor y eso es lo que quiere evitar.
No olvide que usted le debe al banco, no al despacho, ellos solamente intentan hacer la labor de cobranza, pero no deben excederse en ella, si no lo consiguen la cuenta regresa al banco para requerirle el pago.
Por ultimo, no olvide su plan de ahorro personal, pues todos estos tips son para que usted logre ese tiempo en el que bien puede reunir la cantidad para liberarse de su adeudo.
Y recuerde, no esta solo en esto, en el pais hay miles que como usted por multiples razones se han converido en deudores de la banca y ahora saben que hay forma de salir, solo hace falta paciencia y determinacion. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
EUTERPE- Maestro de Maestros
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GRACIAS
GRACIAS POR ESTOS ARTICULOS TAN INTERESANTES QUE NOS DAN DE ALGUNA MANERA NOS TRANQULIZAN PERO A MI ME SIGUE ESTRESANDO LAS LLAMADAS DE HECHO ME SIENTO CULPABLE DE LA ENFERMEDAD DE MI MADRE POR TANTA DEUDA QUE TENGO YA HE SALIDO DE ALGUNAS PERO FALTAN ALGUNAS MAS
ESTRELLA DE LA MAÑANA- Principiante Interesado
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54
36
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
Estrella:
El hecho de que alguno de nuestros familiares pierda la tranquilidad por nuestra causa es una de las principales cosas que nos agobian cuando nos endeudamos; sin embargo no tienes porque sentirte culpable porque estas siendo responsable de tus deudas y te encuentras en el camino de resolver tu situacion asi que lo mejor que puedes hacer es cuidar y querer no solo a tu mama (como seguramente lo estas haciendo) sino tambien a ti misma......
No pierdas la tranquilidad y la alegria por las deudas..... finalmente algun dia se acabaran..... solo es cuestion de tiempo. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
El hecho de que alguno de nuestros familiares pierda la tranquilidad por nuestra causa es una de las principales cosas que nos agobian cuando nos endeudamos; sin embargo no tienes porque sentirte culpable porque estas siendo responsable de tus deudas y te encuentras en el camino de resolver tu situacion asi que lo mejor que puedes hacer es cuidar y querer no solo a tu mama (como seguramente lo estas haciendo) sino tambien a ti misma......
No pierdas la tranquilidad y la alegria por las deudas..... finalmente algun dia se acabaran..... solo es cuestion de tiempo. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
_________________
"La libertad no consiste en hacer lo que se quiere, sino en hacer lo que se debe"
HERA- Maestro de Maestros
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46
456
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
ASI ES ESTRELLA DE LA MAÑANA COMO DICE HERA: NO PIERDAS LA ALEGRÍA POR LAS DEUDAS NI TE SIENTAS CULPABLE POR LA ENFERMEDAD DE TU MAMI.
ERRAMOS AL NO SABER ADMNISTRARNOS PERO ESTO NOS DEJA UNA GRAN ENSEÑANZA Y VALORAMOS, CUIDAMOS Y NOS LA PENSAMOS MAS AL MOMENTO DE ADQUIRIR ALGUN COMPROMISO QUE TENGA QUE VER AL MOMENTO DE GASTAR NUESTRO DINERO.
Y ADELANTE QUE TODOS SALDREMOS DE ESTA SITUACIÓN NO TE DESANIMES, TU SIGUE AHORRANDO.
SALUDOS
ERRAMOS AL NO SABER ADMNISTRARNOS PERO ESTO NOS DEJA UNA GRAN ENSEÑANZA Y VALORAMOS, CUIDAMOS Y NOS LA PENSAMOS MAS AL MOMENTO DE ADQUIRIR ALGUN COMPROMISO QUE TENGA QUE VER AL MOMENTO DE GASTAR NUESTRO DINERO.
Y ADELANTE QUE TODOS SALDREMOS DE ESTA SITUACIÓN NO TE DESANIMES, TU SIGUE AHORRANDO.
SALUDOS
Invitado- Invitado
Gracias
Gracias por estar al pendiente de nuestras dudas y con los comentarios que nos dan en verdad nos hacen mas ligera esta situación.
Alberto Torres- Principiante Asesorado
-
24
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
Para eso mismo creamos el foro...
QUEREMOS ayudar, porque sabemos que el proceso es ya de por sí difìcil, y no queremos que unos aprovechados LO HAGAN MÁS COMPLEJO.
seguimos pendientes de tu asunto y tus dudas.
QUEREMOS ayudar, porque sabemos que el proceso es ya de por sí difìcil, y no queremos que unos aprovechados LO HAGAN MÁS COMPLEJO.
seguimos pendientes de tu asunto y tus dudas.
APOLO- Admin 3
-
56
6872
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
yo mjor los deo hay en el telefono y que digan misa total no tienes te dicen negativa de pago y de plano para no enojarme solo los doy por su lado.......
pero cuando tengo el dinero y no quieren negociar mas pues mejor espero otro despacho y que me de una mejor opcion de pago
pero cuando tengo el dinero y no quieren negociar mas pues mejor espero otro despacho y que me de una mejor opcion de pago
_________________
!!!Debemos convertirnos en el cambio que buscamos en el mundo.¡¡¡
"""Deudor Informado ""Jamas"" sera Engañado"""
buenisimo
Hades escribió:PARA: ADMINISTRACION
buenisimo esta informacion
Gracias
federico- Principiante Asesorado
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10
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
No te preocupes por las llamadas de los despachos...recuerda que detras de un telefono cualquiera se siente invensible, sin embargo tu puedes tener una respuesta para cada cosa o pregunta que te hagan, conserva la calma y se más hábil que ellos, esto solo lo lograrás informandote y conociendo de que manera deberían manejarse los despachos...para ello se supone que manejan un código de ética, el cual por supuesto no respetan y te darás cuenta que en varias ocasiones violan tus garantías individuales...
Checalo y de darás cuenta de lo que te digo
ARTÍCULO I.- Plena identificación de la persona encargada de la recuperación de nuestra deuda o bien. No se permite realizar el requerimiento de pago con menores de edad o personas de la tercera edad.
ARTÍCULO II.- Cobrar una deuda es un derecho legítimo, como lo es también el respeto mutuo a la dignidad entre deudores, acreedores y sus representantes.
ARTÍCULO TERCERO III.- No establecer contacto con los deudores en horarios y lugares que resulten inadecuados para el cobro. Se consideran adecuadas las comunicaciones que ocurran a partir de las 6:00 a.m. hasta las 11.00 p.m., hora local del domicilio del deudor.
ARTÍCULO IV.- En el ejercicio del derecho al cobro, se evitará hacer uso de lenguaje obsceno o de palabras altisonantes al establecer comunicación con el deudor, sus familiares, amigos o compañeros de trabajo. Las comunicaciones telefónicas deberán hacerse con la finalidad de negociar el pago de las deudas y no con la intención de molestar o amenazar a los deudores .
ARTÍCULO V.- No se podrán hacer publicaciones y tampoco establecer registros especiales, distintos a los que prescriben las leyes, para hacer del conocimiento general la negativa de pago de los deudores.
ARTÍCULO VI.- Las empresas de cobranza o sus colaboradores, bajo ninguna circunstancia, deberán ostentarse como representantes de órgano jurisdiccional u otra autoridad, o como parte de un consorcio legal, si no es el caso.
ARTÍCULO VII.- No engañar al deudor con el argumento de que al no pagar su deuda, comete delito sancionado con privación de la libertad, ni hacerle creer con falsos escritos de demanda o de notificaciones judiciales, que se ha iniciado un juicio en su contra.
ARTÍCULO VIII.- No se deberán hacer ofrecimientos tales como quitas, descuentos o cancelación de intereses o comisiones, con la finalidad de obtener el pago de la deuda, de no estar debidamente autorizado por el acreedor, o hacerle creer al deudor que podrá gozar de dichos beneficios, de no existir dicha posibilidad. ARTÍCULO IX.- En caso de que el deudor acceda al pago de la deuda, las empresas de cobranza deberán documentar por escrito los compromisos adquiridos, cuando lo requiera el acreditado o lo considere pertinente la empresa, manifestándose el acuerdo entre ambas partes.
ARTÍCULO X.- Las empresas de cobranza deberán estipular en los convenios de pago que celebren con los deudores, los compromisos adquiridos en la negociación que se acuerde, señalando los términos y condiciones en que se llevarán a cabo los pagos, obligándose a proporcionar escrito de finiquito o de liquidación de adeudo, en caso de condonación o quita, al cumplirse la obligación. Dichos documentos deberán suscribirse por persona facultada por el acreedor.
ARTÍCULO XI.- Hacer todo aquello que pueda ayudar a los deudores a encontrar la solución a su problemática financiera, para el cumplimiento de su adeudo, dentro de los márgenes de negociación autorizados por los clientes.
ARTÍCULO XII.- No incrementar las deudas con cargos no autorizados por la legislación vigente o por el contrato celebrado entre el deudor, el otorgante de crédito o el acreedor.
ARTÍCULO XIII.- No utilizar formas o papelería que simulen instrumentos legales. Los gestores no deben hacerse pasar por representantes legales si no lo son y tampoco utilizar nombres falsos. (usurpación)
ARTÍCULO XIV.- No enviar correspondencia a los deudores con leyendas exteriores con relación a una cobranza. Lo anterior no obliga a las empresas a omitir mencionar su nombre o razón social, en su calidad de remitente. Evitar el envío de cartas o cualquier medio escrito que den motivo a descalificar la actuación de las empresas de cobranza en las que se efectúen manifestaciones que por su contenido, constituyan excesos que no se apeguen a la verdad, a la ley, a las buenas costumbres o que sean contrarias a la ética profesional. No utilizar cartelones, anuncios o cualquier medio impreso en lugares públicos, o en el exterior de los domicilios de los deudores, en los que se haga referencia a su adeudo.
ARTÍCULO XV.- No contactar por cualquier motivo o medio, a deudores cuyos asuntos hayan sido retirados de la asignación de las empresas de cobranza.
ARTÍCULO XVI.- Las empresas de cobranza, por conducto de quienes gestionen el cobro, deberán proporcionar al deudor, de requerirlo, toda la información disponible sobre la integración de su saldo.
ARTÍCULO XVII.- Las empresas de cobranza deberán ser receptoras de las quejas, comentarios o sugerencias de los deudores. Para tal efecto, dispondrán de los medios necesarios para darles trámite y en su caso, solución, informando del resultado cuando este proceda.
ARTÍCULO XVIII.- Las empresas de cobranza que sean propietarias de carteras que por su naturaleza, deban reportarse a las Sociedades de Información Crediticia, lo efectuarán conforme a las leyes aplicables a dichas sociedades, con la finalidad de que se actualice la información respecto de los deudores que hayan cumplido con sus pagos.
ARTÍCULO XIX.- En los casos de procedimientos judiciales en que se hayan embargado bienes y que hayan concluido en pago del adeudo, se deberá dar aviso por los conductos legales correspondientes.
Checalo y de darás cuenta de lo que te digo
ARTÍCULO I.- Plena identificación de la persona encargada de la recuperación de nuestra deuda o bien. No se permite realizar el requerimiento de pago con menores de edad o personas de la tercera edad.
ARTÍCULO II.- Cobrar una deuda es un derecho legítimo, como lo es también el respeto mutuo a la dignidad entre deudores, acreedores y sus representantes.
ARTÍCULO TERCERO III.- No establecer contacto con los deudores en horarios y lugares que resulten inadecuados para el cobro. Se consideran adecuadas las comunicaciones que ocurran a partir de las 6:00 a.m. hasta las 11.00 p.m., hora local del domicilio del deudor.
ARTÍCULO IV.- En el ejercicio del derecho al cobro, se evitará hacer uso de lenguaje obsceno o de palabras altisonantes al establecer comunicación con el deudor, sus familiares, amigos o compañeros de trabajo. Las comunicaciones telefónicas deberán hacerse con la finalidad de negociar el pago de las deudas y no con la intención de molestar o amenazar a los deudores .
ARTÍCULO V.- No se podrán hacer publicaciones y tampoco establecer registros especiales, distintos a los que prescriben las leyes, para hacer del conocimiento general la negativa de pago de los deudores.
ARTÍCULO VI.- Las empresas de cobranza o sus colaboradores, bajo ninguna circunstancia, deberán ostentarse como representantes de órgano jurisdiccional u otra autoridad, o como parte de un consorcio legal, si no es el caso.
ARTÍCULO VII.- No engañar al deudor con el argumento de que al no pagar su deuda, comete delito sancionado con privación de la libertad, ni hacerle creer con falsos escritos de demanda o de notificaciones judiciales, que se ha iniciado un juicio en su contra.
ARTÍCULO VIII.- No se deberán hacer ofrecimientos tales como quitas, descuentos o cancelación de intereses o comisiones, con la finalidad de obtener el pago de la deuda, de no estar debidamente autorizado por el acreedor, o hacerle creer al deudor que podrá gozar de dichos beneficios, de no existir dicha posibilidad. ARTÍCULO IX.- En caso de que el deudor acceda al pago de la deuda, las empresas de cobranza deberán documentar por escrito los compromisos adquiridos, cuando lo requiera el acreditado o lo considere pertinente la empresa, manifestándose el acuerdo entre ambas partes.
ARTÍCULO X.- Las empresas de cobranza deberán estipular en los convenios de pago que celebren con los deudores, los compromisos adquiridos en la negociación que se acuerde, señalando los términos y condiciones en que se llevarán a cabo los pagos, obligándose a proporcionar escrito de finiquito o de liquidación de adeudo, en caso de condonación o quita, al cumplirse la obligación. Dichos documentos deberán suscribirse por persona facultada por el acreedor.
ARTÍCULO XI.- Hacer todo aquello que pueda ayudar a los deudores a encontrar la solución a su problemática financiera, para el cumplimiento de su adeudo, dentro de los márgenes de negociación autorizados por los clientes.
ARTÍCULO XII.- No incrementar las deudas con cargos no autorizados por la legislación vigente o por el contrato celebrado entre el deudor, el otorgante de crédito o el acreedor.
ARTÍCULO XIII.- No utilizar formas o papelería que simulen instrumentos legales. Los gestores no deben hacerse pasar por representantes legales si no lo son y tampoco utilizar nombres falsos. (usurpación)
ARTÍCULO XIV.- No enviar correspondencia a los deudores con leyendas exteriores con relación a una cobranza. Lo anterior no obliga a las empresas a omitir mencionar su nombre o razón social, en su calidad de remitente. Evitar el envío de cartas o cualquier medio escrito que den motivo a descalificar la actuación de las empresas de cobranza en las que se efectúen manifestaciones que por su contenido, constituyan excesos que no se apeguen a la verdad, a la ley, a las buenas costumbres o que sean contrarias a la ética profesional. No utilizar cartelones, anuncios o cualquier medio impreso en lugares públicos, o en el exterior de los domicilios de los deudores, en los que se haga referencia a su adeudo.
ARTÍCULO XV.- No contactar por cualquier motivo o medio, a deudores cuyos asuntos hayan sido retirados de la asignación de las empresas de cobranza.
ARTÍCULO XVI.- Las empresas de cobranza, por conducto de quienes gestionen el cobro, deberán proporcionar al deudor, de requerirlo, toda la información disponible sobre la integración de su saldo.
ARTÍCULO XVII.- Las empresas de cobranza deberán ser receptoras de las quejas, comentarios o sugerencias de los deudores. Para tal efecto, dispondrán de los medios necesarios para darles trámite y en su caso, solución, informando del resultado cuando este proceda.
ARTÍCULO XVIII.- Las empresas de cobranza que sean propietarias de carteras que por su naturaleza, deban reportarse a las Sociedades de Información Crediticia, lo efectuarán conforme a las leyes aplicables a dichas sociedades, con la finalidad de que se actualice la información respecto de los deudores que hayan cumplido con sus pagos.
ARTÍCULO XIX.- En los casos de procedimientos judiciales en que se hayan embargado bienes y que hayan concluido en pago del adeudo, se deberá dar aviso por los conductos legales correspondientes.
HEBE- Maestro de Maestros
-
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Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
gracias por esta informacion.
a mi tambien me fastidian esas llamadas, ya les he dicho que cuando tenga el dinero les pagare, pero por lo que veo no se cansan de hablarme.
ni modo por el momento no puedo pagarles, algun dia lo hare, mientras tanto me toreare a los despachos y a esa gente tan grosera q contratan para molestar.
a mi tambien me fastidian esas llamadas, ya les he dicho que cuando tenga el dinero les pagare, pero por lo que veo no se cansan de hablarme.
ni modo por el momento no puedo pagarles, algun dia lo hare, mientras tanto me toreare a los despachos y a esa gente tan grosera q contratan para molestar.
madiaz- Principiante Asesorado
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20
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
hola madiaz,
Así son los despachos, pero no se esperában que nos informáramos y supiéramos que tenemos derechos y les pondríamos un alto!!!
Animo y a aseguir en la "lucha" por un pago justo.
Así son los despachos, pero no se esperában que nos informáramos y supiéramos que tenemos derechos y les pondríamos un alto!!!
Animo y a aseguir en la "lucha" por un pago justo.
APOLO- Admin 3
-
56
6872
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
Aqui les dejo unos Excelentes TIPS que nuestra compañera "La Diana" nos compartió, para combatir las llamadas a nuestros centros de trabajo por parte de los cobradores, espero que les srivan de mucho:
La
Diana escribió:
SAlut,
A mi también me llaman a la oficina pero como mi trabajo es sagrado cuando llaman preguntando por mi siempre les digo:
Y: De parte de quien?
X: De fulana
Y: De que empresa le llama?
X: Del Despacho X ó Es una llamada personal.
Y: Lo siento los empleados tienen prohibido recibir llamadas personalesen su horario de trabajo.X: Puedo dejarle mensaje?/ Le puede decir que le llamamos al respecto de su adeudo con el Banco X.../Cuando puedo encontrarla?/Puede darme su celular tú otro teléfono?Y: No/Estás violando el secreto bancario y es un delito y además es un asunto que no es de mi incumbencia. Buenas tardes hasta luego./Supongo que en su casa después de las 18:30 horas./No es información confidencial ó Yo no te voy a hacer tu trabajo.Y ya cuando se ponen agresivos dejo descolgado el teléfono y ya luego de un rato regreso y lo cuelgo...ó bloqueo la linea en la que me llaman con el Hold un rato para que ya no me molesten. Esto se lo apliqué a Consorcio Jurídico y ya tiene un buen que no me llaman.
Porque realmente el cobrador no sabe a quien tiene del otro lado.Ya lo último que les dije es que yo estaba negociando mi adeudo directamente con el BAnco y lo que dijera su sistema no era asunto de mi incumbencia.Yo reconozco que debo...pero no por eso voy a poner en riesgo mi trabajo que es el que me da de comer a mi y a mi familia. Cuando mi situación mejore pagaré pero no los 50,000 pesos que dicen que les debo cuando dejé de pagarles 24,000
ahí si no.
ASESORIA EXPERTA
Esto que acabo de leer es una gran lección, nunca la olvidaré, gracias a todos los compañeros del foro
Luisa
Luisa
Luisa Fernanda- Experto Jr.
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191
WOW!!!!
Puedo dejarle mensaje?/ Le puede decir que le llamamos al respecto de su adeudo con el Banco X.../Cuando puedo encontrarla?/Puede darme su celular tú otro teléfono?
No/Estás violando el secreto bancario y es un delito y además es un asunto que no es de mi incumbencia. Buenas tardes hasta luego./Supongo que en su casa después de las 18:30 horas./No es información confidencial ó Yo no te voy a hacer tu trabajo.
Wow! La Diana si que sabe manejar las situaciones difíciles... Gracias por este guión de la vida real. Ahora estoy más preparada que hace rato.
¡Saludos!
No/Estás violando el secreto bancario y es un delito y además es un asunto que no es de mi incumbencia. Buenas tardes hasta luego./Supongo que en su casa después de las 18:30 horas./No es información confidencial ó Yo no te voy a hacer tu trabajo.
Wow! La Diana si que sabe manejar las situaciones difíciles... Gracias por este guión de la vida real. Ahora estoy más preparada que hace rato.
¡Saludos!
Raquel- Principiante Asesorado
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58
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hola
[yo es la primera vez que entro aki a este foro, tengo una gran preocupacion pork debo al banco tal vez no es mucho pero no tengo para saldar la cuenta y si me da un poco de miedo sobre todo por que suben mucho los intereses...
quisiera que me ayudaran o mas bien que me dijeran como resolverlo que debo de hacer ahorita como es la primera vez que entro aki estoy leyendo algunos de los articulos que estan y me parecen muy interesantes
quisiera que me ayudaran o mas bien que me dijeran como resolverlo que debo de hacer ahorita como es la primera vez que entro aki estoy leyendo algunos de los articulos que estan y me parecen muy interesantes
regisvale- Des-informado
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3
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
regisvale...
Los intereses van a ir en aumento hasta que pasado un tiempo el banco congela la cuenta. Tranquilo, con intereses más el capital hay quita a final de cuentas.
Dedicate a seguir informándote en el foro y a ahorrar lo mas que puedas. Esto tiene solución.
salu2
Los intereses van a ir en aumento hasta que pasado un tiempo el banco congela la cuenta. Tranquilo, con intereses más el capital hay quita a final de cuentas.
Dedicate a seguir informándote en el foro y a ahorrar lo mas que puedas. Esto tiene solución.
salu2
MUÑE- Experto Master
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Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
Muy buen post
De mucha utilidad para aquellos compañeros que empiezan a sufrir con el calvario de las llamadas de los despachitos de cobranza.
Leanlo completo, se los recomiendo ampliamente, mientras mas leemos mas aprendemos y mas seguros estamos ante las amenazas y trampas de los cobradores.
De mucha utilidad para aquellos compañeros que empiezan a sufrir con el calvario de las llamadas de los despachitos de cobranza.
Leanlo completo, se los recomiendo ampliamente, mientras mas leemos mas aprendemos y mas seguros estamos ante las amenazas y trampas de los cobradores.
_________________
Síganme los buenos!!!... los Deudores Informados!!!
Lunasol- CONSULTOR MASTER
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56
582
wooooooooooo que relajante es estar informada de mis derechos
TODO ESTO APENAS COMIENZA PARA MI,SOLO QUISIERA SABER, ES CONVENIENTE ENTRAR A UN GRUPO QUE SUPUESTAMENTE ME MANEJARAN MIS DEUDAS Y ELLOS SE ARAN CARGO DE ARREGLARSE CON EL BANCO?? EN INTERNET CHEKE UNA PAGINA DE UNAS OFICINAS QUE SUPUESTAMENTE NOS AYUDAN A NEGOSIAR CON EL BANCO Y PROMETEN HASTA UN 50% DE DESCUENTO EN MIS DEUDAS, PERO ME PIDEN MINIMO DEVER MAS DE 35 MIL PESOS, PARA PODER SER SELECCIONADA, YO SOLO DEVO 24, PERO YA NO PUEDO PAGAR NI UN PESO MAS, CUANDO ES CONVENIENTE HACEPTAR EL FINIQUITO QUE ME OFRESCA EL BANCO??? TENGO MIEDO QUE POR LOS INTERESES MI ADEUDO SUBA Y DESPUES NADIE ME PUEDA AYUDAR,, CUANTO TIEMPO APROXIMADO TENDRE QUE ESPERAR PARA QUE EL BANCO ME LLAME Y ME OFRESCA UN PAGO JUSTO??? SORRY POR MI IGNORANCIA EN ESTE TEMA, SOLO QUE TENGO TANTAS DUDAS
alejandra rodriguez- Des-informado
-
1
Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
Alejandra:
Hasta ahorita ninguna de las "empresas" (si es que se les puede llamar así) que se dedican supuestamente a "negociar" tu adeudo hacen lo que supuestamente deberían hacer, ya que tú debes de seguir contestando las llamadas de los despachos y de los bancos. En pocas, te van a estar cobrando por algo que TU MISMA sin intervención de nadie puedes hacer.
El tiempo y el pago lo decides TU MISMA cuando esté de acuerdo con tu posibilidad y con tu propio ahorro.
Aquí en el foro, si continúas leyendo encontrarás la información necesaria para enfrentar este problema. Si quieres mayor información, puedes abrir un nuevo hilo (presionando el botón que asi lo dice) y ahi nos puedes decir con más detalle a qué banco(s) le(s) debes para que entre todos los compañeros podamos asesorarte y aclarar tus dudas.
Saludos...
Hasta ahorita ninguna de las "empresas" (si es que se les puede llamar así) que se dedican supuestamente a "negociar" tu adeudo hacen lo que supuestamente deberían hacer, ya que tú debes de seguir contestando las llamadas de los despachos y de los bancos. En pocas, te van a estar cobrando por algo que TU MISMA sin intervención de nadie puedes hacer.
El tiempo y el pago lo decides TU MISMA cuando esté de acuerdo con tu posibilidad y con tu propio ahorro.
Aquí en el foro, si continúas leyendo encontrarás la información necesaria para enfrentar este problema. Si quieres mayor información, puedes abrir un nuevo hilo (presionando el botón que asi lo dice) y ahi nos puedes decir con más detalle a qué banco(s) le(s) debes para que entre todos los compañeros podamos asesorarte y aclarar tus dudas.
Saludos...
Kahmus- CONSULTOR MASTER
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45
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Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
Tu puedes hacerlo y sin intermediariosSOLO QUISIERA SABER, ES CONVENIENTE ENTRAR A UN GRUPO QUE SUPUESTAMENTE ME MANEJARAN MIS DEUDAS Y ELLOS SE ARAN CARGO DE ARREGLARSE CON EL BANCO??
? Tu puedes conseguir entre el 70 y 90% de descuento, lee por favor la información de este tu foroEN INTERNET CHEKE UNA PAGINA DE UNAS OFICINAS QUE SUPUESTAMENTE NOS AYUDAN A NEGOSIAR CON EL BANCO Y PROMETEN HASTA UN 50% DE DESCUENTO EN MIS DEUDAS, PERO ME PIDEN MINIMO DEVER MAS DE 35 MIL PESOS, PARA PODER SER SELECCIONADA, YO SOLO DEVO 24, PERO YA NO PUEDO PAGAR NI UN PESO MAS, CUANDO ES CONVENIENTE HACEPTAR EL FINIQUITO QUE ME OFRESCA EL BANCO??
Después de caer en mora ellos te dirán que tu deuda a aumentado, pero después del 8º mes te ofrecerán descuento, solo ten pacienciaTENGO MIEDO QUE POR LOS INTERESES MI ADEUDO SUBA Y DESPUES NADIE ME PUEDA AYUDAR,, CUANTO TIEMPO APROXIMADO TENDRE QUE ESPERAR PARA QUE EL BANCO ME LLAME Y ME OFRESCA UN PAGO JUSTO???
No te preocupes todos pasamos por lo mismo, solo lee por favor la historias de éxito de nuestros compañeros, saludosSORRY POR MI IGNORANCIA EN ESTE TEMA, SOLO QUE TENGO TANTAS DUDAS
https://www.pagalojusto.org/f70-negociaciones-exitosas
Hermes- Maestro de Maestros
-
59
3801
La ignorancia nos unde, debemos aprender de nuestros erroresComo siempre por ignorancia vivimos momentos de angustia, luchemos para erradicar la falta de conocimiento. debemos leer para saber.
llenaninu
La ignorancia nos conduce a ser pisoteados. Luchemos para erradicar la falta de conocimiento, conpartamos nuestra experiencia con aquellos que esten en la misma situación que nosotros, aprendamos a defendernos, pero tanbien a administrarnos.
La ignorancia nos conduce a ser pisoteados. Luchemos para erradicar la falta de conocimiento, conpartamos nuestra experiencia con aquellos que esten en la misma situación que nosotros, aprendamos a defendernos, pero tanbien a administrarnos.
llenaninu- Des-informado
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Re: ¿Que hacer cuando me llama un despacho?
que buena la informacion de que hacer en caso de que empiecen ls llamadas ya sea del banco o de algun despacho, gracias por la asesoria y gracias a todos ya tendre para pagar y estare pagando lo justo.
trinidadpaz- Des-informado
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