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DEUDA CON MUEBLES AMERICA
3 participantes
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DEUDA CON MUEBLES AMERICA
Hola, en mayo del 2008 saque un articulo que me costo 11,000 y tambien un prestamo personal de 10,000 (el cual con los intereses sumaba la cantidad de 20,000),,, esto es los 11 mil del articulo mas el prestamo son 30 mil pesos de mi deuda original con muebles america,,, para esto el vendedor que me levanto el pedido lo realizamos para que me hicieran los descuentos mediante via nomina (cre que si firme pagare),,, NUNCA me descontaron ni un solo pago, como a los 3 meses yo le dije al mismo asesor que me vendio que aun no me descontaban y me dijo ah no se preocupe deme sus datos y yo le aviso, y pues pasaron otros 3 meses y hasta que volvi a ver al asesor y el me dio un telefono para comunicarme, lo hice y me comunique ahi a muebles america no recuerdo a que departamento, les di mis datos y me dijeron que ya me iniciarian a cobrar en la proxima quincena,,, peeeero NO me descontaron tampoco,,, okey despues de eso yo me puse muy enferma al grado que tuve que pedir permiso en mi trabajo casi al final del 2009 y era tiempo que no me descontaron ni un solo pago,,,, reingrese a mi trabajo desde el 2011 y tampoco me descontaban, y hace unos dias fue un abogado a casa de mis padres que es el anterior domicilio que yo tenia y les dijeron que yo debia y que sino les pagaba yo que ellos iban a embargarles a ellos,,, y aparte que mi deuda en total con los intereses es ahorita de aproximadamente 90,000 pesos,,, no me niego a pagar, pero considero no es lo justo,,, un abogado que no es mercantil me comento, que esta institucion esta actuando hasta entonces, que porque estan ya por vencerse los pagares o vencidos algo asi que porque a los 5 años son ya incobrables?? esto es verdad???,,,, otra duda es que tambien el abogado me comento que si yo queria pagar que podia yo dar el primer paso y entablar una demanda a la institucion para "obilgarles" a entablar en el juzgado un acuerdo de pagos el cual seria el justo y no con el monton de intereses que me quieren cobrar,,,, esto es viable???,,,, otra duda mas,,, no podre yo resultar mas dañada en esta demanda, que contrademanden o algo asi????,,,,,, estoy desesperadaaaaaa por favor ayudenme,,, gracias de antemano
Martha67- Des-informado
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3
Re: DEUDA CON MUEBLES AMERICA
Pagarés, Acción Ordinaria Mercantil para Demandar su Pago.
tratándose de títulos de crédito debe atenderse, en principio, al contenido del artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que establece el plazo para el ejercicio de la acción cambiaría a efecto de que el deudor responda de la obligación contenida en la letra de cambio o pagaré, siendo éste de tres años siguientes a partir del vencimiento del documento o cuando el obligado lo haya fijado en aquél… lo que significa que de abandonarse la oportunidad para hacerlo efectivo durante ese plazo de tres años, la consecuencia es la consumación de la prescripción del ejercicio de la acción cambiaría, pero de ninguna manera se afecta a la obligación cartular dimanada del título de crédito…”
tratándose de títulos de crédito debe atenderse, en principio, al contenido del artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que establece el plazo para el ejercicio de la acción cambiaría a efecto de que el deudor responda de la obligación contenida en la letra de cambio o pagaré, siendo éste de tres años siguientes a partir del vencimiento del documento o cuando el obligado lo haya fijado en aquél… lo que significa que de abandonarse la oportunidad para hacerlo efectivo durante ese plazo de tres años, la consecuencia es la consumación de la prescripción del ejercicio de la acción cambiaría, pero de ninguna manera se afecta a la obligación cartular dimanada del título de crédito…”
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Hay gente que miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras
https://www.pagalojusto.org/t2104p15-tenia-10-deudas-ya-no-debo-ninguna#45613
https://www.pagalojusto.org/t7117-libre-de-deudas#44030
Hermes- Maestro de Maestros
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59
3801
Re: DEUDA CON MUEBLES AMERICA
LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
ARTICULO 165
ARTICULO 165
LA ACCIÓN CAMBIARÍA PRESCRIBE EN TRES AÑOS CONTADOS:
I.- A PARTIR DEL DIA DEL VENCIMIENTO DE LA LETRA, O EN SU DEFECTO;
II.- DESDE QUE CONCLUYAN LOS PLAZOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 93 Y 128.
ARTICULO 166
LAS CAUSAS QUE INTERRUMPEN LA PRESCRIPCION RESPECTO DE UNO DE LOS DEUDORES CAMBIARIOS, NO LA INTERRUMPEN RESPECTO DE LOS OTROS, SALVO EL CASO DE LOS SIGNATARIOS DE UN MISMO ACTO QUE POR ELLO RESULTEN OBLIGADOS SOLIDARIAMENTE.
LA DEMANDA INTERRUMPE LA PRESCRIPCION, AUN CUANDO SEA PRESENTADA ANTE JUEZ INCOMPETENTE.
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Hay gente que miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras
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Hermes- Maestro de Maestros
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59
3801
Re: DEUDA CON MUEBLES AMERICA
eso en lenguaje "cristiano entendible" que quiere decir plis
Martha67- Des-informado
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3
Re: DEUDA CON MUEBLES AMERICA
Hola Martha67.
Un pagaré prescribe a los 3 años de que se cumplió su fecha de vencimiento. Si no se le puso fecha de vencimiento, entonces prescribe a los 3 años y 6 meses contados a partir de la fecha de expedición.
Si el pagaré prescribe, quiere decir que ya no pueden demandarte por la vía ejecutivo mercantil, que es la forma más rápida y barata, pues les permite hacerte un embargo precautorio por hasta 3 veces el valor del pagaré. Una vez prescrito, en caso de querer demandarte, lo harían por la vía ordinaria mercantil, que es más costosa y tardada o por la vía oral, pero esta última no está disponible aún en todos los estados de la república.
Mientras no haya demanda, la negociación será directo con la tienda. Si tienes los 30,000 de la deuda original ofrécelos a cambio del pagaré que tienen. Si llegan a demandarte, entonces la negociación será en el juzgado.
Saludos...
Un pagaré prescribe a los 3 años de que se cumplió su fecha de vencimiento. Si no se le puso fecha de vencimiento, entonces prescribe a los 3 años y 6 meses contados a partir de la fecha de expedición.
Si el pagaré prescribe, quiere decir que ya no pueden demandarte por la vía ejecutivo mercantil, que es la forma más rápida y barata, pues les permite hacerte un embargo precautorio por hasta 3 veces el valor del pagaré. Una vez prescrito, en caso de querer demandarte, lo harían por la vía ordinaria mercantil, que es más costosa y tardada o por la vía oral, pero esta última no está disponible aún en todos los estados de la república.
Mientras no haya demanda, la negociación será directo con la tienda. Si tienes los 30,000 de la deuda original ofrécelos a cambio del pagaré que tienen. Si llegan a demandarte, entonces la negociación será en el juzgado.
Saludos...
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Kahmus- CONSULTOR MASTER
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45
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