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En que beneficia pertenecer una Sociedad Civil ayudadora de deudores?
3 participantes
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En que beneficia pertenecer una Sociedad Civil ayudadora de deudores?
Hola
No me quiero ver como amarranavajas, sisañoza, malandrina, confrontadora, mala onda, etc, etc, pero quisiera saber en que beneficia a los deudores afiliados al otro foro que dicho foro sea ahora una Sociedad Civil, si entiendo lo que es una sociedad civil, pero a todos los afiliados en que les beneficia en concreto??
Cual es la gran ventaja o la gran diferencia, de pertenecer por ejemplo a este foro como simple usuario bien informado y asesorado, y pertenecer a aquel foro igualmente bien informado, asesorado y hasta afiliado pero que ya es una sociedad civil?
Es cierto que les pueden conseguir mejores descuentos? o que? cual es el beneficio en concreto para el afiliado?
No me quiero ver como amarranavajas, sisañoza, malandrina, confrontadora, mala onda, etc, etc, pero quisiera saber en que beneficia a los deudores afiliados al otro foro que dicho foro sea ahora una Sociedad Civil, si entiendo lo que es una sociedad civil, pero a todos los afiliados en que les beneficia en concreto??
Cual es la gran ventaja o la gran diferencia, de pertenecer por ejemplo a este foro como simple usuario bien informado y asesorado, y pertenecer a aquel foro igualmente bien informado, asesorado y hasta afiliado pero que ya es una sociedad civil?
Es cierto que les pueden conseguir mejores descuentos? o que? cual es el beneficio en concreto para el afiliado?
Lunasol- CONSULTOR MASTER
-
56
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Re: En que beneficia pertenecer una Sociedad Civil ayudadora de deudores?
Creo que acabas de hacer la mejor pregunta en MUCHO tiempo sobre ese tema, al afiliado de ese negocio en si le deberia importar un muegano si es una SC o una SA de CV, SA de RL, o lo que sea mientras le preste un servicio con calidad y este reconocido de algun modo ante la ley y por ende ante la SHCP. Las Sociedades Civiles tienen un fin mercantil, de lucro pues lo cual NO es malo; aunque se usa esta figura para pagar los impuestos en una forma menos onerosa que una SA de CV por citar un ejemplo. Muchos de los clientes que manejo son empresas constituidas como una Sociedad Civil y estandedicados a la investigaciòn aplicada, laboratorios, consultoras financieras, etc.
Muy diferente son las AC. que pueden obtener ingresos y tener ciertas actividades lucrativas PERO siempre tendientes a una labor social y altruista, ejemplos tambien hay muchos y todos ellos son SIN FINES DE LUCRO. Estas pueden en muchos casos emitir recibos deducibles de impuestos para los donadores de recursos.
Una situacion curiosa con las S.C. es que todos los agremiados conforman una comunidad donde hay reglamentos, mesa directiva etc que los constituye en una especie de "socios" y por ello les son inherentes responsabilidades y en su caso beneficios de los ingresos.
AHI TE VA LA DEFINICION:
SOCIEDAD CIVIL:
"Convenio celebrado entre dos o más socios, mediante el cual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para realizar un fin lícito de carácter preponderantemente económico, sin constituir una especulación mercantil, obligándose mutuamente a darse cuenta. "
ASOCIACION CIVIL:
"Es un convenio celebrado entre dos o más asociados, mediante el cual aportan algo en común, generalmente recursos, conocimientos, esfuerzo o trabajo, para realizar un fin común lícito preponderantemente no económico, obligándose mutuamente a darse cuenta. "
Osea que una S.C. y una A.C. se supone deben dar cuenta de sus obligaciones, responsabilidades y el resultado de su trabajo. Informe de actividades y finanzas digamoslo asi.
Mira:
"Diferencia entre sociedad y asociación civil
La diferencia entre sociedades Civiles y Asociaciones Civiles, es que las primeras realizan un fin común lícito preponderantemente económico, y las asociaciones civiles realizan un fin preponderantemente no económico, es decir, un fin común deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una especulación comercial.
8. Características
* Contrato bilateral o plurilateral.
Bilateral cuando intervienen dos socios, plurilateral cuando intervienen más de dos.
* Contrato oneroso.
En virtud de que los socios reciben provechos y gravámenes recíprocos, sin constituir una especulación comercial.
* Contrato formal."
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Espero que esto te de un panorama mas amplio.
Muy diferente son las AC. que pueden obtener ingresos y tener ciertas actividades lucrativas PERO siempre tendientes a una labor social y altruista, ejemplos tambien hay muchos y todos ellos son SIN FINES DE LUCRO. Estas pueden en muchos casos emitir recibos deducibles de impuestos para los donadores de recursos.
Una situacion curiosa con las S.C. es que todos los agremiados conforman una comunidad donde hay reglamentos, mesa directiva etc que los constituye en una especie de "socios" y por ello les son inherentes responsabilidades y en su caso beneficios de los ingresos.
AHI TE VA LA DEFINICION:
SOCIEDAD CIVIL:
"Convenio celebrado entre dos o más socios, mediante el cual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para realizar un fin lícito de carácter preponderantemente económico, sin constituir una especulación mercantil, obligándose mutuamente a darse cuenta. "
ASOCIACION CIVIL:
"Es un convenio celebrado entre dos o más asociados, mediante el cual aportan algo en común, generalmente recursos, conocimientos, esfuerzo o trabajo, para realizar un fin común lícito preponderantemente no económico, obligándose mutuamente a darse cuenta. "
Osea que una S.C. y una A.C. se supone deben dar cuenta de sus obligaciones, responsabilidades y el resultado de su trabajo. Informe de actividades y finanzas digamoslo asi.
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"Diferencia entre sociedad y asociación civil
La diferencia entre sociedades Civiles y Asociaciones Civiles, es que las primeras realizan un fin común lícito preponderantemente económico, y las asociaciones civiles realizan un fin preponderantemente no económico, es decir, un fin común deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una especulación comercial.
8. Características
* Contrato bilateral o plurilateral.
Bilateral cuando intervienen dos socios, plurilateral cuando intervienen más de dos.
* Contrato oneroso.
En virtud de que los socios reciben provechos y gravámenes recíprocos, sin constituir una especulación comercial.
* Contrato formal."
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Espero que esto te de un panorama mas amplio.
HADES- Admin 2
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50
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Re: En que beneficia pertenecer una Sociedad Civil ayudadora de deudores?
"Diferencia entre sociedad y asociación civil
La diferencia entre sociedades Civiles y Asociaciones Civiles, es que las primeras realizan un fin común lícito preponderantemente económico, y las asociaciones civiles realizan un fin preponderantemente no económico, es decir, un fin común deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una especulación comercial.
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