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PROGRAMA DE FACILIADES 2010/REGULARIZACION ADEUDOS INFONAVIT.
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PROGRAMA DE FACILIADES 2010/REGULARIZACION ADEUDOS INFONAVIT.
Programa de facilidades 2010
Programa Estratégico de Regularización de Adeudos al Infonavit 2010
Ante la actual crisis económica, el Infonavit ofrece a los patrones que han tenido dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Infonavit, puedan regularizar sus adeudos pendientes a través de los beneficios de este Programa
Vigencia:
Del 01 de abril al 31 de diciembre de 2010, sin aplicación retroactiva.
Beneficios:
1. Cuando los adeudos sean regularizados en una sola exhibición:
Condonación hasta de un de un 50% de los recargos generados, atendiendo al Período de los conceptos adeudados.
Condonación hasta del 100% de la multa generada, la condonación de las multas será en menor porcentaje si el patrón se incorpora al programa en los meses posteriores
2. Regularización de adeudos en pago en parcialidades atendiendo a lo siguiente:
Autorización para cubrir las aportaciones y sus accesorios, hasta en 48 parcialidades.
Autorización para cubrir las amortizaciones, aportaciones para la amortización y los accesorios generados, hasta en 12 parcialidades.
Condonación hasta del 80% por concepto de multa, atendiendo al período omitido y el mes de incorporación.
Autorización para cubrir el adeudo en parcialidades mensuales, con pagos anuales o semestrales, adecuando los mismos a la capacidad de pago del patrón deudor o a los períodos que tiene mayores ingresos.
Exención de la garantía del interés fiscal.
3. No revisión de los períodos regularizados mediante el presente Programa de Apoyo a Patrones, excepto cuando se trate de atender la queja presentada por algún trabajador derechohabiente.
4. No presentación de querellas, cuando de la omisión de los importes sujetos a regularización se detectara la comisión de un posible delito en materia fiscal,
Porcentajes de condonación: Pago en una sola exhibición Período
% Condonación recargos % Condonación multa
2003 y anteriores 50% 100%
Con independencia de la fecha de incorporación, la condonación será del 80% de la multa impuesta, cuando el importe de los conceptos adeudados correspondan a los bimestres 6º del 2004 y anteriores, pagados en una sola exhibición.
Políticas:
No tener medios de defensa interpuestos, o copia sellada del desistimiento presentada ante la autoridad competente.
Regularizar todos los períodos omitidos.
Incluye a patrones requeridos.
No suspende las acciones de fiscalización.
En ningún caso se podrá autorizar la condonación parcial o total de las aportaciones patronales del 5% o amortizaciones de crédito, ni de sus accesorios.
En el caso de pagos diferidos, el monto de cada parcialidad no podrá ser menor al importe de un salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal.
La aplicación de los beneficios que se establecen en este Programa, no dará lugar a devolución o compensación alguna en su favor.
Se requerirá al patrón para que garantice el interés fiscal, referidos en el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, cuando omita el pago de dos parcialidades, sean o no consecutivas.
Requisitos:
Presentación de solicitud por escrito ante la Subgerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación, indicando la forma en que se desea regularizar sus adeudos (en una exhibición, en parcialidades fijas, o fijas con semestralidades y/o anualidades). (Formato 1)
Si se encuentra requerido, indicar el número de resolución o folio y los períodos e importes correspondientes.
Manifestación bajo protesta de decir verdad que no se ha interpuesto medio de defensa por los períodos a regularizar, y en su caso, exhibir copia sellada del desistimiento, presentada ante autoridad competente. (Formato INF-PE-02)
Acompañar la información necesaria para la individualización de los importes, a través de los formularios de pago vigentes en el período de omisión.
En caso de estar requerido, anexar copia de los requerimientos correspondientes.
Regularizar todos los períodos adeudados.
No mantener adeudos ni requerimientos pendientes de atender.
Para el pago en parcialidades, tener cubiertos los adeudos por concepto de multa, amortizaciones, su actualización y recargos.
Opciones de pago:
Pago en una sola exhibición.- Recibirá los beneficios del pago en una sola exhibición, siempre y cuando haya cubierto el total de los importes adeudados.
Pago en parcialidades.- Para que la autorización de pago en parcialidades proceda, además de cumplir con los requisitos antes señalados, debe:
Presentar análisis y desglose del adeudo. (Formato INF-SUA-1)
Tener cubiertos los adeudos por concepto de multa.
No tener adeudos por aportaciones y/o amortizaciones, ni requerimientos pendientes de atender de los bimestres vencidos
Presentar, por cada uno de los bimestres a regularizar, los formatos de pago que correspondan al período de omisión (SAR-01 y 02, y/o formato SUA), debidamente llenados con los datos de identificación de cada uno de los trabajadores por quienes cubrirá los adeudos, esto con el fin de proceder a la individualización.
Pérdida de beneficios:
Incumplir con el pago de tres o más parcialidades, o uno de los pagos semestrales y/o anuales del Convenio que le haya sido autorizado.
Mantener adeudos por los bimestres subsecuentes a los períodos que está regularizando.
Interponer algún medio de defensa en contra de las acciones de cobro que a su cargo realice el Infonavit.
Cuando se detecte falsedad en los datos nos proporciónó.
No exhibir la información y/o documentación necesaria para la individualización de los importes cubiertos.
Para mayores informes podrá acudir a la Oficina del Infonavit más cercana a su domicilio.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Programa Estratégico de Regularización de Adeudos al Infonavit 2010
Ante la actual crisis económica, el Infonavit ofrece a los patrones que han tenido dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Infonavit, puedan regularizar sus adeudos pendientes a través de los beneficios de este Programa
Vigencia:
Del 01 de abril al 31 de diciembre de 2010, sin aplicación retroactiva.
Beneficios:
1. Cuando los adeudos sean regularizados en una sola exhibición:
Condonación hasta de un de un 50% de los recargos generados, atendiendo al Período de los conceptos adeudados.
Condonación hasta del 100% de la multa generada, la condonación de las multas será en menor porcentaje si el patrón se incorpora al programa en los meses posteriores
2. Regularización de adeudos en pago en parcialidades atendiendo a lo siguiente:
Autorización para cubrir las aportaciones y sus accesorios, hasta en 48 parcialidades.
Autorización para cubrir las amortizaciones, aportaciones para la amortización y los accesorios generados, hasta en 12 parcialidades.
Condonación hasta del 80% por concepto de multa, atendiendo al período omitido y el mes de incorporación.
Autorización para cubrir el adeudo en parcialidades mensuales, con pagos anuales o semestrales, adecuando los mismos a la capacidad de pago del patrón deudor o a los períodos que tiene mayores ingresos.
Exención de la garantía del interés fiscal.
3. No revisión de los períodos regularizados mediante el presente Programa de Apoyo a Patrones, excepto cuando se trate de atender la queja presentada por algún trabajador derechohabiente.
4. No presentación de querellas, cuando de la omisión de los importes sujetos a regularización se detectara la comisión de un posible delito en materia fiscal,
Porcentajes de condonación: Pago en una sola exhibición Período
% Condonación recargos % Condonación multa
2003 y anteriores 50% 100%
Con independencia de la fecha de incorporación, la condonación será del 80% de la multa impuesta, cuando el importe de los conceptos adeudados correspondan a los bimestres 6º del 2004 y anteriores, pagados en una sola exhibición.
Políticas:
No tener medios de defensa interpuestos, o copia sellada del desistimiento presentada ante la autoridad competente.
Regularizar todos los períodos omitidos.
Incluye a patrones requeridos.
No suspende las acciones de fiscalización.
En ningún caso se podrá autorizar la condonación parcial o total de las aportaciones patronales del 5% o amortizaciones de crédito, ni de sus accesorios.
En el caso de pagos diferidos, el monto de cada parcialidad no podrá ser menor al importe de un salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal.
La aplicación de los beneficios que se establecen en este Programa, no dará lugar a devolución o compensación alguna en su favor.
Se requerirá al patrón para que garantice el interés fiscal, referidos en el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, cuando omita el pago de dos parcialidades, sean o no consecutivas.
Requisitos:
Presentación de solicitud por escrito ante la Subgerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación, indicando la forma en que se desea regularizar sus adeudos (en una exhibición, en parcialidades fijas, o fijas con semestralidades y/o anualidades). (Formato 1)
Si se encuentra requerido, indicar el número de resolución o folio y los períodos e importes correspondientes.
Manifestación bajo protesta de decir verdad que no se ha interpuesto medio de defensa por los períodos a regularizar, y en su caso, exhibir copia sellada del desistimiento, presentada ante autoridad competente. (Formato INF-PE-02)
Acompañar la información necesaria para la individualización de los importes, a través de los formularios de pago vigentes en el período de omisión.
En caso de estar requerido, anexar copia de los requerimientos correspondientes.
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Para el pago en parcialidades, tener cubiertos los adeudos por concepto de multa, amortizaciones, su actualización y recargos.
Opciones de pago:
Pago en una sola exhibición.- Recibirá los beneficios del pago en una sola exhibición, siempre y cuando haya cubierto el total de los importes adeudados.
Pago en parcialidades.- Para que la autorización de pago en parcialidades proceda, además de cumplir con los requisitos antes señalados, debe:
Presentar análisis y desglose del adeudo. (Formato INF-SUA-1)
Tener cubiertos los adeudos por concepto de multa.
No tener adeudos por aportaciones y/o amortizaciones, ni requerimientos pendientes de atender de los bimestres vencidos
Presentar, por cada uno de los bimestres a regularizar, los formatos de pago que correspondan al período de omisión (SAR-01 y 02, y/o formato SUA), debidamente llenados con los datos de identificación de cada uno de los trabajadores por quienes cubrirá los adeudos, esto con el fin de proceder a la individualización.
Pérdida de beneficios:
Incumplir con el pago de tres o más parcialidades, o uno de los pagos semestrales y/o anuales del Convenio que le haya sido autorizado.
Mantener adeudos por los bimestres subsecuentes a los períodos que está regularizando.
Interponer algún medio de defensa en contra de las acciones de cobro que a su cargo realice el Infonavit.
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